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XALAPA, Ver., 11 de enero de 2018.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó como infundada la demanda de María Elvira Castellanos Coyotl, regidora cuarta suplente electa en Santiago Tuxtla, y con esta decisión confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que desechó la demanda.
Cabe recordar que la actora, en su carácter de regidora cuarta suplente postulada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), presentó una denuncia en contra de los acuerdos del Consejo General del OPLE, a través de los cuales se tuvo por registrada como candidata propietaria a Luz María Castellanos Calderón, pero la demandante consideraba que la propietaria no cumplía con el requisito de residencia efectiva, por lo que no le correspondía ese escaño.
Los magistrados determinaron por unanimidad considerar como infundados los agravios interpuestos por Castellanos Coyotl, en razón de que fue correcta la determinación tomada por el TEV, al desechar la demanda, ya que presentó de forma extemporánea el medio de impugnación.
La actora, en su juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SX-JDC-2/2018, solicitaba que se revocará la sentencia emitida y se realizará el estudio de los agravios presentados que controvertían los requisitos de inelegibilidad de la regidora cuarta propietaria del ayuntamiento antes mencionado.
Cabe recordar que el TEV desechó el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, en razón de que el medio de impugnación fue presentado fuera del plazo previsto por el código electoral local.