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CIUDAD DE MÉXICO, 28 de septiembre de 2016.- En Nuevo León, Chiapas e Hidalgo ya son válidos los matrimonios entre personas del mismo sexo, además fueron declarados inconstitucionales los artículos de leyes de que limitan el matrimonio a un acto celebrado entre un hombre y una mujer con el fin de procrear.
La determinación fue hecha por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que durante la sesión de la Primera Sala de la Corte resolvió tres amparos promovidos en dichas entidades en los que los solicitantes se apersonaron como integrantes de la comunidad Lésbico, Gay, Bi, Transexual, Transgénero, Travesti e Intersexual (LGBTTTI).
Argumentaron que los preceptos en las leyes de Nuevo León, Chiapas e Hidalgo que reglamentan lo relacionado al matrimonio y al concubinato son discriminatorios y pidieron el pago de una indemnización porque debido a dichas reglas no les ha sido posible contraer nupcias ni ejercer sus derechos como concubinos.
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