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XALAPA, Ver., 7 de noviembre de 2017.- El gobernador, Miguel Ángel Yunes Linares, envió al Congreso del Estado una iniciativa para reformar y adicionar los artículos 371 bis, 371 ter, 371 quáter y 371 quinquies del Código 586 Penal para el Estado de Veracruz.
La iniciativa establece el delito de espionaje contra la procuración y administración de justicia y se le impondrán de siete a 15 años de prisión y multa de 480 unidades de medida y actualización a quien aceche, vigile o realice las funciones de obtener o comunicar información a una agrupación delictiva sobre las acciones y en general las labores de los elementos de seguridad pública municipal, estatal, federal o de las fuerzas armadas mexicanas.
Lo anterior, al sostener que esta actividad ha sido una herramienta de la delincuencia organizada para conocer las estrategias de los cuerpos de seguridad, por lo que en caso de que el «halcón» sea miembro de la policía o alguna dependencia de gobierno, la pena sería mayor.
El documento expone que otras entidades federativas como Nuevo León, Puebla y Tamaulipas ya implementaron dicho tipo penal, lo que representa un precedente para Veracruz, «de esta manera, el supuesto que se propone implementar a la ley sustantiva penal circunscribe sancionar a quien ejerza el halconeo utilizando cualquier vehículo automotor de transporte público de pasajeros, incluyendo aquellos que posean características exteriores que los asemejen».
También se castigará a quien posea equipo de intercomunicación con la finalidad de “halconeo”, así como a quien permita o consienta la instalación de antenas o cualquier instrumento de comunicación en bienes de su propiedad o posesión con los cuales se intercepte o transmita la señal o las comunicaciones de personal de seguridad.
Además será sancionado quien fabrique, instale, comercialice y utilice sistemas de blindaje en todo tipo de vehículos automotores sin la autorización de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP).
En la iniciativa se indica que se incrementará hasta en una cuarta parte de la sanción prevista a quien utilice para la comisión de delitos algún vehículo de servicio público de transporte de pasajeros y se incrementará hasta el doble de la sanción prevista a quien siendo elemento de los cuerpos de seguridad porte o utilice teléfonos móviles y de radiofrecuencia para la delincuencia organizada y quienes hayan sido servidores públicos y se actualicen las hipótesis previstas en los artículos referidos.