![](https://veracruz.quadratin.com.mx/www/wp-content/uploads/2025/02/WhatsApp-Image-2025-02-16-at-9.31.46-a.m-107x70.jpeg)
Se registra Tavo Ruiz como aspirante a la alcaldía de Alvarado
XALAPA, Ver., 5 de mayo de 2017.- El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) determinó revocar la decisión de la Comisión Nacional Jurisdiccional del Partido de la Revolución Democrática (PRD), por haber violaron las garantías de audiencia y por lógica la oportunidad de defenderse a Luis Sergio Leyva Olmos, y con ello se le quieto la candidatura a la alcaldía de Emiliano Zapata por la coalición con Acción Nacional (PAN).
En ese sentido los togados concluyeron que estas acciones también violentaron los principios de certeza jurídica, objetividad y legalidad, pues no informaron con tiempo al quejoso para que pudiera preparar su defensa.
Y es que el pasado 11 de abril, la instancia intrapartidista resolvió quitarle la nominación por aquella demarcación y ordenó al Comité Ejecutivo Nacional (CEN) designar al candidato Daniel Antonio Baizabal González.
Ante esta situación Leyva Olmos aseguró que nunca recibió una notificación personal que dejaba de ser el abanderado y aunque la instancia responsable quiso justificarse argumentando que publicó el fallo en los estrados electrónicos, los integrantes del pleno decidieron que no era suficiente para tener por satisfecha su oportunidad de garantía de audiencia.
Por ello, el magistrado presidente del TEV, Roberto Eduardo Sigala Aguilar, explicó que no se tiene certeza de cuándo se le notificó, por lo que la fecha que vale es la que presentó el quejoso, misma que ocurrió hasta el 21 de abril, la cual era obligatoria publicarla un día después de emitida, es decir, el 12 de abril.
Por su parte el magistrado Javier Hernández Hernández, refirió de la irregularidad cometedita toda vez que la Comisión Nacional Jurisdiccional revocó su candidatura y no podía hacerlo simplemente diciendo que el agraviado no contaba con la constancias de que el Pleno Electivo Estatal durante la asamblea del 25 de marzo, lo escogió, por lo que debía repetirse el procedimiento para elegir el abanderado por esa demarcación.
De esta manera y con el rechazo del magistrado José Oliveros Ruiz, decidieron otorgarle a la Comisión Nacional Jurisdiccional del sol azteca 48 horas para genere un nuevo fallo en el que fundamente y motive adecuadamente su actuar.