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XALAPA, Ver., 13 de octubre de 2017.- Al resolver el procedimiento Especial Sancionador (PES) interpuesto por el Partido Nueva Alianza (Panal), los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) determinaron que este órgano jurisdiccional carece de atribuciones para imponer sanciones a servidores públicos que incurran en violaciones a la Constitución en materia comicial.
Cabe señalar que el PES pedía actuar en contra del alcalde de Pueblo Viejo, Manuel Cuán Delgado, pues habría usado propaganda gubernamental y personalizada fuera de los tiempos establecidos en la legislación en favor de su hermano y otrora candidato del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Jorge Arturo Cuán Delgado.
Se determinó que, en diversas localidades de Pueblo Viejo, se exhibieron espectaculares con la imagen del presidente municipal en funciones, destacando las obras realizadas durante su gestión, situación que fue calificada como un uso indebido de recursos públicos y la difusión de propaganda personalizada.
También se detalló que el director de Comunicación Social del ayuntamiento aceptó que fueron colocados desde junio, julio y octubre de 2016, por lo que se dio por acreditada la permanencia de los promocionales durante todo el proceso electoral, incluida la campaña.
Se determinó una responsabilidad indirecta del alcalde de Pueblo Viejo por difundir propaganda con su imagen y se dio vista a la Legislatura para que, en el ámbito de sus atribuciones, proceda conforme a derecho y determine lo conducente por la referida violación.
Aunque el ayuntamiento fue omiso en suspender la propaganda gubernamental en su página de Internet, esto se declaró como inexistente, pues no se advirtieron elementos para acreditarla, ya que la certificación del sitio web fue realizada por la autoridad instructora hasta el 5 de julio, pese a que la denuncia se presentó desde el 29 de mayo.
En tanto, se advirtió que la autoridad administrativa electoral no actuó diligentemente en el ejercicio de sus funciones durante la tramitación del procedimiento, por lo que se dio vista a la Contraloría General del OPLE para que en el ámbito de sus atribuciones deslinde responsabilidades en contra del o los funcionarios que no actuaron adecuadamente.