Supervisa Unánue obra de pavimentación en La Tampiquera
XALAPA, Ver., 19 de octubre de 2017.- En sesión pública, los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvieron el recurso de apelación 125/2017 promovido por Morena en contra del acuerdo del consejo del OPLE mediante el cual se aprobaron los “Lineamientos para el desarrollo de la sesión de cómputo distrital para el proceso electoral ordinario 2017-2018”.
El partido acusante, señalaba que el OPLE se extralimitaba en sus funciones, por ello el TEV pidió modificar los lineamientos controvertidos para que la autoridad responsable suprima el apartado 6 del Artículo 61, porque contiene una hipótesis de procedencia de recuento de votos que no se encuentra prevista en el Código Electoral para el Estado de Veracruz.
De tal manera, el Órgano Jurisdiccional declaró fundado el agravio y en consecuencia ordenó modificar el acuerdo controvertido.
Respecto al Procedimiento Especial Sancionador PES 193/2017, el PAN denunció presuntos actos anticipados de campaña en localidades de Tantima, y señaló como responsables al entonces candidato José Luis Mar Santiago y a Movimiento Ciudadano (MC) por no vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales.
El partido político demandante denunció que un ciudadano, presuntamente empleado municipal, invitó a los ciudadanos a participar en el inicio de campaña del entonces candidato de MC.
El ciudadano aportó los datos de identificación del vehículo que, según sus dichos, fue utilizado para perifoneo; sin embargo, los videos aportados no permiten determinar que el vehículo cuya propiedad se acreditó corresponda al vehículo de los supuestos hechos irregulares.
De tal manera que el órgano jurisdiccional determinó que no existen pruebas indiciarias, indirectas o directas que permitan acreditar la comisión de actos anticipados de campaña y, por ende, fincar responsabilidades.
En el Procedimiento Especial Sancionador PES 117/2017 en el que se denuncia a David Carrillo Estrada por un acto proselitista en la iglesia Nuestra Señora del Rosario, en el que, junto con militantes y simpatizantes de MC, quienes vestían ropa y logotipos alusivas al partido que lo abanderó, se dirigió a los presentes y entregó accesorios domésticos.
En el proyecto se propone determinar inexistente el ilícito denunciado, pues si bien se acredita que el día señalado se llevó a cabo una misa en la iglesia referida, y que el quejoso hizo uso de la voz, no logra demostrarse que éste haya promovido su candidatura o alguna plataforma electoral.