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XALAPA, Ver., 15 de diciembre de 2017.-De acuerdo al magistrado del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), Javier Hernández Hernández, el organismo jurisdiccional no puede suspender la entrega de programas sociales.
“Nosotros ni siquiera estamos facultados para eso, el tribunal electoral, no puede ordenar la suspensión de programas sociales, programas de gobierno, hay que dejarlo claro, la constitución prohibe personalizar los programas”, resaltó.
Lo anterior luego que el TEV le hiciera un llamado al Congreso del Estado para que sea el encargado de determinar una sanción al regidor tercero del ayuntamiento de Xalapa, Daniel Fernández Carrión, por implementar un programa de cámaras de video vigilancia con lonas que llevan su imagen.
Luego de esta resolución el regidor , mediante redes sociales, manifestó su inconformidad a traves de un vídeo , mismo en el que puntualizó que tenía programado entregar en 30 puntos más de Xalapa cámaras de video vigilancia compradas con su dinero, pero debido a la decisión del TEV lo dio por concluido.
“Esto no es un tema partidista, ni electoral (…) hoy el TEV tuvo una sesión con dos votos a favor y uno en contra decidieron sancionar al programa y a mi persona (…) lo convirtieron en un tema electoral y político”, aseguró el regidor
En este tenor Hernández Hernández explicó que el TEV no está facultado para detener algún programa social, derivado de las últimas reformas en materia electoral la constitución política en el artículo 134 prohibe el uso de los programas públicos para fines personales esto para proteger la neutralidad de los recursos.
“Simplemente consideramos que había elementos para establecer que había un programa municipal que estaba siendo utilizado por un servidor público con fines parciales porque no solamente cumplía la existencia del programa sino también difundía su nombre,esta publicidad personalizada, prohibe la constitución; la constitución no prohibe la realización de programas sociales, no prohibe que los municipios y estado difundan los programas sociales”, dijo.
Añadió que la ley prohibe que esta difusión se coloque nombres, imágenes y alguna situación que pareciera que el programa no es del gobierno sino del servidor público.
Puntualizó que este asunto marca un precedente para hacer un llamado a todos los servidores públicos para que no utilicen los programas del estado para obtener un beneficio de carácter político electoral.
“Quien diga que nosotros tenemos la facultad de suspender programas evidentemente no conoce la constitución y no conoce la ley, nosotros no podemos paralizar al estado, su función es pública y en beneficio de la sociedad”, concluyó.