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XALAPA, Ver., 18 de agosto de 2026.- La aplicación del sueldo regulador en las pensiones del Instituto de Pensiones del Estado (IPE) no es una medida implementada recientemente, sino una disposición contemplada en la Ley 287 de Pensiones del Estado desde 2014 y que comenzó a aplicarse en 2017, de acuerdo con información proporcionada por el propio Instituto.
Lo anterior surge luego de la rueda de prensa convocada en días pasados por Elsy Elizabeth Hernández Cárdenas, quien manifestó su inconformidad por una supuesta afectación en las pensiones de integrantes de su organización sindical, derivada de la aplicación del sueldo regulador que afirma, se aplicó a finales de 2024.
Sin embargo, de acuerdo con la información proporcionada sobre el funcionamiento del IPE, este mecanismo se ha aplicado de manera continua durante los últimos nueve años y no comenzó este 2026, como se habría señalado.
Otro de los aspectos cuestionados es la participación que Hernández Cárdenas tuvo anteriormente en el Consejo Directivo del IPE. Durante 2019 acudió a las sesiones del órgano acompañando a Faustino García Fernández, entonces consejero de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado, Municipios y Organismos Descentralizados de Veracruz.
Posteriormente, en 2020 participó como suplente de esa misma representación sindical y asistió a las cuatro sesiones celebradas durante ese año. De acuerdo con la información proporcionada, las actas de dichas reuniones cuentan con su firma y en ellas quedaron asentados acuerdos relacionados con pensiones y jubilaciones en los que se contemplaba la aplicación del sueldo regulador.
Los integrantes del Consejo Directivo reciben previamente los cuadernillos con la información correspondiente a los asuntos que serán sometidos a consideración durante las sesiones, por lo que, según esta versión, Hernández Cárdenas habría tenido conocimiento de los acuerdos y del mecanismo aplicado.
Otro elemento que no habría sido expuesto durante la conferencia de prensa es que el caso presentado corresponde a una persona que pretende obtener una pensión considerando como referencia su último salario, pese a que ese nivel salarial únicamente habría sido cotizado durante un año.
De acuerdo con la información proporcionada, se trata de un incremento considerable en la percepción salarial durante un periodo corto, situación que tendría un impacto directo en las finanzas del Instituto.
El IPE opera bajo un régimen solidario, por lo que sus recursos deben administrarse con criterios que permitan garantizar la viabilidad financiera del sistema y el pago de las pensiones actuales y futuras.
También se cuestionó la presencia de algunas de las 62 organizaciones sindicales que acudieron a la convocatoria, debido a que algunas corresponden a trabajadores federales que no cotizan al Instituto de Pensiones del Estado.
Incluso, entre las organizaciones participantes se encuentra el sindicato de Espacios Educativos, que recientemente se incorporó al IPE y que, de acuerdo con la información disponible, actualmente no cuenta con pensionados.
Sólo una parte de los pensionados tiene sueldo regulador.
Las cifras proporcionadas por el IPE muestran además que la aplicación del sueldo regulador no alcanza a la totalidad de los pensionados.
Actualmente, el Instituto cuenta con más de 38 mil pensionados, de los cuales 2 mil 561 han tenido la aplicación del sueldo regulador desde que comenzó a utilizarse este mecanismo en 2017.
El dato representa una parte minoritaria del universo total de pensionados y forma parte de la discusión sobre la forma en que se determina el monto de las pensiones y la necesidad de preservar la estabilidad financiera del sistema.
La controversia, por tanto, se centra no solamente en el monto de determinadas pensiones, sino también en la aplicación de una disposición establecida en la legislación vigente y en los criterios que debe mantener el IPE para garantizar la sostenibilidad del régimen solidario.




