
Concluye plazo para registro de candidaturas este 4 de abril
XALAPA, Ver. 21 de junio de 2016.- Los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) determinaron que legislador local, Francisco Garrido Sánchez, no causó un impacto negativo en contra del candidato a diputado del Partido Alternativa Veracruzana (AVE), por el Distrito de Coatepec, Esteban Acosta Lagunes, por lo que se declaró la inexistencia de los hechos denunciados.
Al resolver el Procedimiento Especial Sancionador, PES 89/2016, coincidieron que ni sus declaraciones en medios de comunicación, reuniones informativas, entrevistas y posicionamientos hechos desde sala de sesiones del Congreso afectaron el resultado de la elección respecto del candidato.
Y es que el representante partidista ante el Consejo General del Organismo Público Local Electoral (OPLE), Arturo David Ballesteros Méndez, acusó al legislador de afectar con sus afirmaciones al entonces alcalde con licencia de Banderilla.
A fin de sustentar sus afirmaciones, el AVE presentó publicaciones en páginas de Facebook y de diversos medios de información electrónicos, con las cuales señaló que Garrido Sánchez violó el principio de imparcialidad, ya que transcurría la etapa de campañas electorales de la elección de diputados.
Los togados determinaron que no resultan idóneos para sustentar las aseveraciones del denunciante ya que constituyen espacios de plena libertad.
Respecto del uso de la tribuna del Congreso del Estado por el denunciado, el TEV estimó que al tratarse de declaraciones vertidas en el marco de la libertad de expresión parlamentaria, se encuentran protegidas por la inmunidad legislativa que goza el servidor público denunciado.
En otro Procedimiento Especial Sancionador, el PES 88/2016, los integrantes del órgano jurisdiccional resolvieron que a pesar de la existencia de fotografías que supuestamente demuestran que policías del municipio de Coyutla colocaron una propaganda a favor del candidato priista a la diputación local, por el distrito VI de Papantla, Camerino Basilio Picazo Pérez, éstas son pruebas insuficientes para determinar el uso indebido de recursos públicos con fines electorales.
Al respecto, se describió que en una página informativa de la capital del estado fueron subidas unas imágenes donde se ve a los presuntos elementos colocando una lona con contenido proselitista del ahora diputado electo, hermano del alcalde de ese municipio, Benito Picazo Pérez.
«Es una pena que no se haya certificado la veracidad de la imagen porque hubiera resultado una agravio grave», lamentó el magistrado Javier Hernández Hernández previo a la aprobación unánime de la sentencia.