Coatzacoalcos, de nuevo bajo el agua
XALAPA, Ver., 24 de agosto de 2018.- El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) determinó que la demanda interpuesta por Ozabet Aguilera Galindo para intervenir sobre la convocatoria del Consejo Político para renovar titulares de la dirigencia interna del PRI en Veracruz debe ser agotada en la instancia jurídica interna del partido.
Esto porque no se reúnen los requisitos necesarios para conocer la vía per saltum, toda vez que debe privilegiarse la resolución de las instancias naturales como elemental materialización del derecho de acceso a la jurisdicción.
Además, tratándose de conflictos intrapartidarios debe privilegiarse el derecho de autodeterminación y no saltar dicha instancia, pues sólo se puede saltar esta vía cuando se demuestre la necesidad de que el Tribunal conozca y resuelva las controversias para preservar la posibilidad material y jurídica de restituir al ciudadano en el goce del derecho afectado.
Además, el inconforme cuenta con el tiempo suficiente para agotar las instancias internas, en conclusión, se declara improcedente conocer vía per saltum el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido.
De tal manera que se reencauza el medio de impugnación a la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria del PRI para que dentro del plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al que reciban la totalidad de las constancias, dé cumplimiento a la presente ejecutoria, en los términos señalados en el apartado de efectos de la presente resolución.