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XALAPA, Ver., 3 de noviembre de 2016.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), que declaró la validez del cómputo de la circunscripción electoral plurinominal, la declaración de la validez de esta elección y la entrega de las constancias de asignación de diputaciones locales por el principio de Representación Proporcional.
En este sentido, los nombramientos que otorgó el Organismo Público Local (OPLE) quedaron sin ninguna modificación; seis para el Partidos Acció Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI), respectivamente; cinco para el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), dos para el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y uno para el Verde Ecologista de México (PVEM).
Fueron el excandidato a diputado local, Esteban de Jesús Acosta Lagunes, postulado por Alternativa Veracruzana (AVE), y este mismo instituto político, quienes controvirtieron en esta ocasión el fallo del TEV que confirmó el acuerdo OPLEV/CG234/2016 emitido por el Consejo General OPLE, alegando que se realizó el procedimiento respectivo tomando como base resultados que, según él, aún no son definitivos.
Sin embargo, concluyeron que no le asiste la razón, debido a que la Sala Superior del TEPJF se pronunció sobre el recurso de reconsideración, que cuestionaba la validez de la elección de diputado de mayoría relativa en el Distrito Electoral 26 de Cosoleacaque, desechándolo de plano y dejando la victoria en manos de María del Rocío Pérez, del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
Además, señalaron la confirmación de la elección en Cosoleacaque, que deja por sentado que AVE no alcanzó el umbral legal para tener derecho a la asignación de diputaciones por dicho principio, además de perder su registro ante el OPLE.