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XALAPA, Ver., 13 de 2019.- Con la entrada en vigor de la reforma al Artículo 298 del Código Penal de Veracruz, a partir de este martes se impondrán prisión de uno a cinco años y multa hasta de cien Unidades de Medida y Actualización a quien fotografíe, video grabe o difunda imágenes de un cadáver o restos humanos que se encuentren bajo resguardo de una institución de naturaleza forense, sin estar legalmente facultado para ello o para fines distintos a los establecidos en la Ley.
Con el decreto, también se impondrán estas medidas a quien viole un túmulo, sepulcro, sepultura o féretro, y profane un cadáver o restos humanos con actos de vilipendio, mutilación, brutalidad o necrofilia.
Viole o vilipendie el lugar donde repose un cadáver, restos humanos o sus cenizas; en el caso previsto en la fracción IV, si quien comete este delito es servidor público o ejerce una profesión y utiliza los medios o circunstancias derivadas de ello y tiene bajo su custodia o resguardo un cadáver o restos humanos, las penas se incrementarán en una tercera parte.