Elegirán en Veracruz 35 magistrados y jueces de distrito el 1 de junio
XALAPA, Ver., 18 de octubre de 2017.- El Primer Tribunal Colegiado de Circuito especializado en materia penal de Boca del Río, ordenó dejar sin efecto el auto de formal prisión en contra de tres expolicías de la Secretaría de Seguridad Pública de Veracruz detenidos por su probable participación en la desaparición forzada de cinco jóvenes en Tierra Blanca en enero de 2016.
Al resolver el amparo de revisión 235/2017, se determinó que la detención de Luis Rey Lendeche Colorado, René Pelayo Vidal y Edgar Omar Ruiz Tecalco fue ilegal, por lo tanto lo procedente es dejarlos en libertad, explicó en entrevista exclusiva para Quadratín Veracruz el abogado Juan Carlos Gálvez, del despacho Gálvez y Asociados, a cargo de la defensa de los expolicías.
A los detenidos se les imputó el delito de desaparición forzada en flagrancia, lo cual no fue debidamente acreditado, y fue el argumento de la parte defensora para sostener que la detención fue ilegal y a raíz de la presión social que generó el caso.
“Independientemente del cumulo de pruebas, el primer punto dice que la detención es ilegal… lo procedente es la libertad”, dijo el abogado.
Explicó que el segundo punto en la sentencia es la anulación de pruebas, es decir, cada prueba debe estar revestida de legalidad, entonces si la detención es ilegal, las pruebas obtenidas durante la detención son ilegales.
Juan Carlos Gálvez precisó que la detención de los expolicías se realizó con el anterior sistema penal, por lo tanto ya no existe la posibilidad de que las autoridades puedan subsanar irregularidades dentro del proceso, por lo anterior, ya no se da la oportunidad de reclasificar o presentar más pruebas para que sean sancionados.
De tal forma que la Fiscalía de Veracruz, o el juez primero de distrito con sede en Cosamaloapan, ante quien se presenta el caso, podrán allegarse de más medios probatorios, “pero las que resultaron nulas no pueden ser corregidas”.
En este caso, las autoridades tendrían que imputarles otro delito, pero para ello, “tendrían que tener pruebas fehacientes de que las personas que perdieron la vida fue por la intervención de estas personas”.
El abogado defensor explicó que el análisis de este recurso se discutió en dos sesiones por los tres magistrados de la sala; la primera se realizó el pasado 29 de septiembre y allí se propuso el amparar y proteger a los expolicías por parte de la justicia federal.
“En ella, 2 estuvieron a favor de conceder el amparo y uno en contra; el que lleva el amparo retiró de la mesa la discusión para que fuera aprobado por unanimidad. Sin embargo en la segunda sesión del pasado 10 de octubre, se vuelve a discutir el tema y se toma la votación, que finalmente se aprueba con 2 votos a favor y uno en contra”.
El día 15 de octubre, se pasó a firma la resolución del Tribunal y el procedimiento marca que “se les debe de notificar a todas las partes, a los abogados, a los detenidos, a las familias de las víctimas, a las autoridades que intervinieron, al Fiscal de Veracruz, y al juez de Cosamaloapan”.
Gálvez consideró que el plazo administrativo se llevará máximo mes y medio, “y si las cosas se aceleran las cosa en una semana o dos”.
Explicó que el fallo fue a favor de sus representados, podría beneficiar, en cuanto hace a la anulación de algunas pruebas, a otros elementos, incluyendo al excomandante Marcos Conde Hernández, quienes son defendidos por separado.