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XALAPA, Ver., 14 de julio de 2017.- Los magistrados de Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinaron revocar la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que confirmó la declaración de validez de la elección de integrantes del ayuntamiento de Mecatlán, al igual que la entrega de la constancia de mayoría correspondiente a la fórmula de candidatos postulada por el Partido Nueva Alianza (PANAL).
Por lo que se ordenó que se dicte una nueva sentencia en la que se pronuncie respecto a los planteamientos relacionados con la citada causal de nulidad de la elección, ante esta revocación los magistrados locales deberán valorar de forma individual y conjunta las pruebas presentadas en el expediente en controversia.
Los togados de la Sala Regional, determinaron que sí son fundados los agravios aducidos por el Partido del Trabajo (PT) en relación a la falta de exhaustividad de la sentencia impugnada.
Por lo que terminaron que el tribunal local no analizó los planteamientos aportados para intentar concretar nulidad de la elección por violación a los principios que rigen todo proceso electivo.
El actor expuso argumentos relacionados con que en la elección de integrantes del Ayuntamiento de Mecatlán existieron irregularidades que, desde su punto de vista, configuran la causal de nulidad de la elección por violación a principios constitucionales.
De ahí que, al resultar fundado el agravio relativo a la falta de exhaustividad, se propone revocar la sentencia impugnada en las condiciones ya citadas.