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XALAPA, Ver., 27 de abril de 2017.- Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declararon como infundados los agravios expuestos por el exsecretario de Seguridad Pública, Arturo Bermúdez Zurita, quien señala que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) no cumplió una sentencia del 1 de febrero emitida por el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), misma que dejó sin efecto la sanción que le impuso su Comisión Nacional de Justicia Partidaria.
Cabe recordar que el hoy detenido en el penal de Pacho Viejo interpuso recientemente un juicio ante el TEV en contra del PRI, pues este partido tenía la intención de sancionarlo y expulsarlo, lo cual no era posible porque no es militante tricolor.
De acuerdo con lo sostenido por Bermúdez Zurita, el PRI no cumplió con la sentencia emitida por el TEV, ya que no se dejó sin efecto la sanción que le impuso su Comisión Nacional de Justicia Partidaria.
En consecuencia, los integrantes del órgano jurisdiccional nacional confirmaron el fallo del TEV del 27 de marzo y concluyeron que no es cierto lo dicho por el exfuncionario estatal, de que el Tribunal local indebidamente tuvo por cumplida su sentencia.
Los efectos ahí señalados no son meramente declarativos, pues ordenó revocar el procedimiento sancionador y, por tanto, emitir un nuevo acto.
En sesión determinaron que tampoco le asistía la razón a Bermúdez Zurita, ya que parte de una idea incorrecta consistente en lo único que se le ordenó a la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI fue conseguir un documento respecto de la existencia e identificación que evidencia que en su momento existió una manifestación de voluntad expresa del actor para ser reconocido públicamente como militante del partido.