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CDMX, 8 de julio de 2020.- El servicio de guardería está considerado como una de las actividades esenciales que podrán tener operaciones, conforme al “Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV-2 de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2020”.
En un comunicado, el Seguro Social informó que después de la encuesta para conocer cuántas usuarias se encuentran laborando en actividades esenciales y requieren el servicio para sus hijos, se analizó la necesidad y se determinó la fecha de reapertura con una operación diferenciada de acuerdo al semáforo epidemiológico por localidad.
De esta manera, si una unidad se encuentra en una localidad con semáforo epidemiológico en rojo, sólo se atenderá a hijos de trabajadoras en actividades esenciales y en un 25% de la capacidad; en semáforo naranja, se incluirá a madres que estén trabajando sin importar si se trata de actividad esencial y se atenderá en un 50% de la capacidad de la guardería; en semáforo amarillo será en un 75% de la capacidad, hasta llegar al 100% en semáforo verde.
Para la operación de las unidades se tiene considerado un protocolo sanitario seguro, basado en evidencias científicas sólidas, con el fin de que las guarderías sean el mejor lugar para la estancia de los niños.
Entre las principales acciones que se deberán seguir dentro de las instalaciones destacan el fortalecimiento de medidas generales de salud, higiene y limpieza, tales como: sana distancia, lavado de manos con técnica de la Organización Mundial de la Salud y el uso de cubrebocas y careta por parte del personal que atiende directamente a las niñas y los niños.
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