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XALAPA, Ver., 22 de enero de 2018.- En sesión extraordinaria, el Consejo General del Organismo Público Local Electoral (OPLE) estableció que el recuento de votos de los comicios del 1 de julio no será procedente cuando el número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre las candidaturas ubicadas en el primero y segundo lugares en votación.
Esto con base en los lineamientos para el desarrollo de la sesión de cómputo distrital para el Proceso Electoral Ordinario 2017-2018, en el que se fijaba esa hipótesis como una de las causales de recuento.
Cabe recordar que el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvió un recurso de apelación en el que estableció que con independencia de que el supuesto nuevo escrutinio y cómputo de votos, bajo esa hipótesis, esté establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), no justificaba de ninguna manera que el OPLE lo incluyera en dichos lineamientos.
Por lo que el Consejo General del ente comicial, mediante un acuerdo, determinó que no es causal de recuento que el número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre el primer y segundo lugar, por lo que luego de esta aprobación sólo se contemplarán como causales de recuento de votos las siguientes:
1.- Cuando el paquete electoral se reciba con muestras de alteración, en cuyo caso se procederá en los términos del artículo 95 del presente Lineamiento
2.- Cuando los resultados de las actas no coincidan
3.- Si se detectaren alteraciones evidentes en las actas que generen duda fundada sobre el resultado de la elección en la casilla
4.- Si no existiera el acta de escrutinio y cómputo en el expediente de la casilla ni obrare en poder de la o el Presidente del Consejo Distrital
5.- Cuando existan errores o inconsistencias evidentes en los distintos elementos de las actas, salvo que pueda corregirse o aclararse con otros elementos a satisfacción plena de quien lo haya solicitado
6.- Cuando todos los votos depositados sean a favor de un mismo partido o candidatura independiente.