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XALAPA, Ver., 29 de marzo de 2022.- La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 59/2022 a la Fiscalía de Veracruz y a su titular Verónica Hernández Giadáns, luego de acreditar violaciones a los derechos humanos de José Manuel del Río Virgen.
El documento la CNDH determinó la violación al derecho humano a la seguridad jurídica, a la libertad personal y al acceso a la justicia en su vertiente de procuración de justicia en agracio de José Manuel del Río Virgen.
Además, se violó el interés superior de la niñez, toda vez que se acreditó que en la detención de Del Río hubo un uso excesivo de la fuerza en presencia de una menor de edad con diagnóstico del espectro autista.
De acuerdo a la CNDH, a Del Río lo seguían dos vehículos desde Tuxepec, Oaxaca, a donde había acudido a visitar a familiares en compañía de su esposa y su hija, cuando percibió que hombres armados intentaban detener la marcha de su vehículo, sin realizar alguna señal que le hiciera presumir que se trataba de una autoridad por lo que llegó a pensar que se trataba de un secuestro.
La CNDH documentó que Del Río Virgen fue detenido en Veracruz el 22 de diciembre por un grupo de ocho hombres quienes con armas apuntaron al vehículo y le abrieron la puerta y le notificaron de la orden de aprehensión en su contra sin mostrarle el documento.
Se acreditó la detención arbitraria de José Manuel del Río, debido a que los elementos de la Fiscalía estatal no se apegaron a los lineamientos constitucionales y convencionales para la privación de la libertad de cualquier persona, porque, aunque su detención se ejecutó con orden de aprehensión, se vulneraron sus derechos fundamentales a la seguridad jurídica, a la legalidad y a la libertad personal.
En la integración de la Carpeta de Investigación, el fiscal integrados aseguró que se “allegó de nuevos elementos de prueba” en contra de Del Río, situación por la que solicitó el 9 de diciembre de 2021, al Juez Local, orden de aprehensión por su probable participación en la comisión del delito de homicidio doloso calificado; sin embargo, del contenido de la Carpeta de Investigación 2, se advierte que esos nuevos elementos de prueba, fueron ampliaciones de declaraciones de testigos, mismas que se rindieron el 20 de octubre de 2021, de manera voluntaria en esa representación social.
“No obstante, entre la fecha de esos testimonios y la solicitud de la orden aprehensión, en ningún momento se citó a Del Río a comparecer y que en su caso, bajo el principio de presunción de inocencia, tuviera la oportunidad de poder ejercer su derecho a una defensa adecuada dentro del Proceso Penal”.
“Sin embargo, dentro de la Carpeta de Investigación, no obran nuevas actuaciones entre el 20 de octubre al 9 de diciembre tendientes al esclarecimiento de los hechos. En esa tesitura, fue hasta el día de la detención, el 22 de diciembre de 2021, que Del Río tuvo conocimiento de los delitos que se le imputaban. Anta tales circunstancias, la autoridad responsable, al no realizar una valoración objetiva, contenidas en el Proceso Penal, pues de las evidencias que se allegó, en ningún momento se desprende la participación de Del Río en la comisión de un delito, por lo que resulta en una flagrante imputación indebida de hechos”.
Lo anterior, más que aclarar el caso, abre la brecha de la necesidad de una investigación completa, a fin de determinar los motivos de la imputación a Del Río, sobre la determinación del Fiscal de solicitar la medida de prisión preventiva.
Por lo anterior, para la Comisión Nacional de Derechos Humanos hay evidencias suficientes para establecer que en el caso en análisis hubo violación al derecho humano de acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia, al vulnerar el derecho al debido proceso y debida diligencia a José Manuel del Río.
En consecuencia, se considera que la actuación del juez vulneró el derecho de acceso a la justicia en su modalidad de procuración de justicia, al realizar una deficiente valoración de pruebas, desestimando la verdad de los hechos y pretendiendo crear una variante paralela de la realidad abusando de sus facultades y del ejercicio del poder.
Para esta Comisión Nacional, preservar el interés superior de la niñez es tarea primordial, por lo cual señala que la detención de José Manuel del Río virgen generó una situación revictamizante para su hija de 6 años de edad quien vive con el padecimiento espectro autista y que al momento de los hechos “no paraba de llorar y gritar porque se estaban llevando a su papá”.
Posterior a la detención, la menor vive en un estado de shock, frecuentemente pregunta dónde está su papá y tiene pesadillas, situación que fue corroborada por el personal de psicología de su Centro Educativo y su profesora.
Además, la CNDH señala que por los padecimientos médicos y por las condiciones de mayor de edad de Del Río, quien cumplió 68 años de edad en prisión, en la integración de la Carpeta de Investigación y al momento de su detención, debieron considerar las condiciones idóneas para que Del Río enfrentara su proceso penal.