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XALAPA, Ver., 30 de marzo de 2017.- El administrador del Sistema de Administración Tributaria (SAT), Oliver Aguilar Yunes, recordó que abril es conocido como “el mes en la declaración anual”, pues en este lapso los contribuyentes y las personas físicas con ingresos mayores a 400 mil pesos deben de cumplir con esta obligación.
Señaló que como en años anteriores, la devolución se dará en cinco días hábiles posteriores a la presentación de la declaración anual; una de las novedades es que aquéllos que reciben ingresos por salarios o salarios más intereses por 20 mil pesos, y que tengan un solo patrón, pueden optar por no presentar esta declaración.
Explicó que si tienen alguna deducción personal pueden presentar la declaración personal y obtener un saldo a favor, pues de “lo que se trata es eliminar la obligación que tiene el contribuyente, adicionalmente a esto el uso de la E-firma sólo será necesario para saldos a favor mayores a 50 mil pesos y si la devolución es menor sólo podrá hacerse por contraseña”.
Expuso que otra de las nuevas ventajas es que los contribuyentes con salarios menores de 10 mil pesos podrán hacer su declaración vía telefónica en la línea 01 800, para facilitar el cumplimiento.
Además, el SAT desarrolló una aplicación que ya presenta una declaración pre-llenada con una propuesta de devolución pre-autorizada, y los contribuyentes sólo tienen que revisarlas y enviarlas.
Detalló que a diferencia de otros años, la fecha límite para que los contribuyentes presenten su declaración es el 2 de mayo. Finalmente, dijo que a partir de este año se podrá consultar al día siguiente el estatus en el buzón tributario.