Deja Senado leyes, nombramientos y funcionalidad de organismos pendientes
XALAPA, Ver., 13 de febrero de 2019.- La extinta asociación política estatal Democracia e Igualdad Veracruzana, presentó un Recurso de Apelación ante el Tribunal Electoral, en el cual pretendía echar abajo el acuerdo aprobado por el Consejo General del OPLE Veracruz a través de cual se determinó su pérdida de registro.
Esto debido a que no cumplía con el número mínimo de afiliados, la realización de actividades continuas y sustentar una ideología definida y encargarse de difundirla, tal como lo exige el Código Electoral para el Estado de Veracruz.
La parte acusante señala que el OPLEV, dejó sin efectos y canceló el registro de sus afiliados fundadores por no haberse ajustado a las medidas que estableció la autoridad administrativa electoral de capturar la información que, al momento de solicitar su registro, había entregado ya capturada.
También argumentan que la Titular de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, destruyó ilícitamente las listas nominales de afiliados que entregó al momento de solicitar su registro como Asociación Política Estatal.
Al resolver el asunto, el organismo jurisdiccional decretó como fundado el primer agravio, ya que, si bien dicha asociación política no se ajustó cabalmente, a las medidas reglamentarias que estableció el OPLE, éste último sí estaba en condiciones de garantizar y privilegiar la voluntad de los afiliados fundadores con los que en su momento obtuvo su registro.
Sin embrago, en lo que se refiere a las actividades políticas continuas y la difusión de la ideología política la ley exige que sean de manera constante, situación que no sucede en el presente caso ya que no se acredita por parte de la Asociación Política Estatal, que sus actividades hayan tenido continuidad.
Además, que resulta infundado que el OPLE se haya excedió su facultad reglamentaria, pues tiene dicha facultad.