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XALAPA, Ver., 23 de agosto de 2018.- En sesión ordinaria, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró infundadas las acusaciones promovidas en contra de las consejeras del Organismo Público Local Electoral de Veracruz (OPLEV), Eva Barrientos Zepeda y Tania Celina Vásquez Muñoz, por lo que desechó la solicitud de remoción.
Con ello quedaron desestimados los alegatos que presentó el excandidato a regidor del ayuntamiento de San Andrés Tuxtla, Efrén Zanatta Malagón, el pasado 19 de noviembre 2017, quien señaló violaciones a la ley, pues presuntamente abandonaron sus funciones y avalaron la falsificación de su firma, lo que permitió cambiarlo de posición en la lista y por ende dejarlo fuera de la asignación del cargo edilicio.
“Ya que no se desprende que las funcionarias incurrieran en un actuar que evidencie negligencia, ineptitud, descuido o, en su caso, implique que hayan dejado de desempeñar sus funciones”, refiere la decisión.
Además, determinaron que una premisa es inexacta, al sostener que las consejeras denunciadas e integrantes de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos validaron el cambio de posición, cuando no tiene responsabilidad la citada Comisión.
También fue declarado infundado el señalamiento de que Tania Vásquez Muñoz, al haberse inscrito como aspirante a Fiscal General de Veracruz y, posteriormente, como aspirante a Consejera Electoral del INE, abandonó sus funciones como Consejera del OPLEV.
Señalaron que en virtud de la participación de la Consejera denunciada en dos procesos de selección de funcionarios, se actualiza la hipótesis prevista en el numeral 18 de la LGMDE, en relación con la sanción que podría ser impuesta a los consejeros locales que desempeñen o sean designados en cargos públicos por los poderes Ejecutivo o Legislativo, cuya elección hayan calificado o participado.
Pero el INE resolvió que no existe controversia alguna ni implica la posible afectación a los principios de independencia e imparcialidad de la función electoral, al no advertirse una relación de subordinación distinta a la que tiene la Consejera denunciada como servidora pública del estado, respecto de ningún poder público.
Finalmente, sobre el hecho de que Eva Barrientos Zepeda imparte clases en la Facultad de Derecho en la Universidad Veracruzana (UV) y podría recibir una remuneración por ello, teniéndolo prohibido, la acusación fue infundada, pues no existe elemento indiciario alguno que dé cuenta que recibe remuneración alguna.