Raúl López Gómez/Cosmovisión
En materia de derechos humanos, la posibilidad de tener una cultura, de pertenecer a ella, con toda su cosmovisión -conjunto de creencias y estilo de vida-, no es objeto de inquisición por parte del Estado, hasta en tanto, no perjudique a terceras personas.
Dentro de esta cultura, tenemos la prerrogativa de producir arte, entendido este de la forma más pura y simple: pintura, escultura, arquitectura, música, danza, etcétera.
Generar arte, es una expresión del ser humano que el Estado no puede, ni debe, impedir; se debe permitir que la persona se exprese de la forma que lo considere oportuno. Así lo ha resuelto la Corte Interamericana de los Derechos humanos en el caso Olmedo Bustos contra Chile, conocido como la “Última Tentación de Cristo”, en donde ordena al Estado no ejercer la censura previa, esto es, impedirle exhibir una cinta cinematográfica en donde, desde la perspectiva estatal, se presentaban imágenes crueles, denigrantes o discriminatorias contra la humanidad.