Dante Delgado está libre de cáncer, fue extirpado en agosto
XALAPA, Ver., 27 de julio de 2017.- Este jueves, el Congreso local dio entrada a la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Veracruz en materia de aborto, misma que acata la recomendación de las autoridades federales de legislar al respecto para garantizar que las veracruzanas puedan acceder a servicios de salud que permitan una atención profesional y segura en caso de una Interrupción Legal del Embarazo (ILE).
En ese sentido, la diputada local por Morena, y una de las autoras de la iniciativa, Tanya Carola Viveros Cházaro, destacó la urgencia de aprobar esta legislación que propone ampliar las causales legales de la ILE para incluir el riesgo a la salud de la mujer, además de la eliminación del plazo de 90 días que está vigente actualmente para la ILE en caso de embarazo por violación.
El documento explica que de acuerdo con investigaciones internacionales, una mujer que ha sido abusada sexualmente sufre estrés y otros trastornos que no le permiten tomar decisiones, incluso de denunciar los hechos en un plazo indeterminado, por lo que 90 días para interrumpir un embarazo en estos términos suelen no ser suficientes y bloquean la libertad de decisión de las víctimas.
De igual manera, se incluye que en el aborto, las causales permitidas sean consideradas excluyentes de responsabilidad, y no como causales de no punibilidad, como actualmente se encuentra. Lo anterior significa que no se pueda ejercer acción penal en estos casos.
Se pretende establecer un periodo de 12 semanas para que una mujer decida, por voluntad, interrumpir el embarazo, como ocurre en la Ciudad de México, pues el aborto es considerado como un problemática de justicia social y de igualdad, ya que muchas mujeres no pueden pagar un procedimiento similar en la capital del país, donde se permite.
Finalmente hay que mencionar que la propuesta que modificaría los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal del Estado de Veracruz quedaría establecida de la siguiente manera, en caso de que la comisión de Justicia y Puntos Constitucionales, Para la Igualdad de Género y Derechos Humanos y Grupos Vulnerables la dictamine a favor:
– Aborto es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación.
– Se consideran como excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto cuando:
– Sea causado por una conducta culpada de la mujer embarazada.
– El embarazo sea producto de una violación o inseminación artificial no consentida.
– De no provocarse, la mujer embarazada a quede en peligro de muerte o riesgo a su salud.
– A juicio de dos médicos exista razón suficiente de que el producto padece una alteración que dé por resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos o mentales graves.
Cabe señalar que la iniciativa fue turnada a las comisiones de Justicia y Puntos Constitucionales para la Igualdad de Género y Derechos Humanos.