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XALAPA, Ver., 7 de julio de 2020.- El Congreso de Veracruz aprobó el dictamen, resultado de la iniciativa presentada el pasado 12 de mayo por la Comisión Permanente de Educación y Cultura, en voz del diputado León David Jiménez Reyes, por el cual se reforman los artículos 10 y 16 de la Constitución Política del Estado de Veracruz, a fin de armonizar diversas disposiciones de la Carta Magna local a la llamada reforma educativa, aprobada por el Congreso de la Unión en 2019.
Durante la quinta sesión ordinaria, del segundo periodo ordinario de sesiones, fue aprobado este dictamen con 48 votos a favor, sin abstenciones o votos en contra.
La Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, instancia dictaminadora, refiere que uno de los propósitos de esta reforma es coincidente también con los objetivos de la Nueva Escuela Mexicana, caracterizada por una estructura abierta que integra a la comunidad, pero sobre todo que prioriza la atención de poblaciones en desventaja, con la finalidad de brindar los mismos estándares, para garantizar las mismas oportunidades de aprendizaje a todas y todos los mexicanos.
Asimismo, coincide en cuanto al impulso de acciones que mejoren las condiciones de vida de los educandos, con énfasis en las de carácter alimentario.
De esta manera, se establece en el artículo 10 que todas las personas tienen derecho a recibir una educación inclusiva, y laica. El Estado y los municipios la impartirán en forma pública y gratuita. La inicial, la preescolar, la primaria y la secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior son obligatorias.
La educación superior se regirá y será obligatoria en términos del artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia.
El sistema educativo de Veracruz se integra por las instituciones del Estado, de los municipios, sus entidades descentralizadas, las instituciones de educación superior dotadas de autonomía conforme a la ley como la Universidad Veracruzana y los particulares que impartan educación, en los términos que fije la ley.
Se incorpora al texto constitucional que las instituciones de educación superior del Estado dotadas de autonomía conforme a la Ley, como la Universidad Veracruzana (UV), tendrán la facultad de auto gobernarse, expedir su reglamentación y nombrar a sus autoridades; realizarán sus fines de conservar, crear y transmitir la cultura y la ciencia, a través de las funciones de docencia, investigación, difusión y extensión, respetando las libertades de cátedra, de investigación, de libre examen y discusión de las ideas.
En el caso de la UV, el presupuesto asignado no podrá ser menor al cuatro por ciento del total del presupuesto general del Estado, previsto para el ejercicio anual respectivo, el cual deberá ministrarse conforme al calendario autorizado en los términos que establezca la legislación aplicable y, en ningún caso, el monto del presupuesto asignado será inferior al otorgado en el ejercicio inmediato anterior.
Por último, se establece como responsabilidad para las madres y los padres de familia o tutores, de que sus hijas, hijos o pupilos menores de 18 años concurran a las escuelas para recibir la educación obligatoria en los términos de la Constitución, así como participar en su proceso educativo, al revisar su progreso y desempeño, velando siempre por su bienestar y desarrollo.