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XALAPA, Ver.- Tras la el recurso de inconformidad promovido por el partido MORENA, el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) ordenó la apertura del recuento parcial de votos para el distrito 26 de Cosoleacaque, donde ganó María del Rocío Pérez.
En ese sentido, el magistrado ponente, Javier Hernández Hernández, informó que el recuento no implica que se esté determinando el recuento de los paquetes electorales pedidos por el partido político actor, es decir, los que serán abiertos y recontados sólo se le está dando el trámite reglamentario.
Es por ello que ahora se debe formar el cuaderno incidental respectivo con copia certificada de la demanda y del acuerdo, sin perjuicio de lo que en su momento procesal oportuno resuelva la autoridad jurisdiccional.
El TEV solicitará las actas de escrutinio y cómputo de las casillas impugnadas al Organismo Público Local Electoral (OPLE) y analizará los agravios hechos valer por Morena en cada una de ellas y en caso de que los errores que alega no se puedan subsanar con dicha documentación, es que declararía procedente la apertura del o los paquetes, como ya ocurrió con algunos, de la elección de gobernador, de los distritos de Orizaba, Veracruz, Tuxpan, Santiago Tuxtla, Ciudad Mendoza, entre otros.
Sin embargo, en el caso de la elección de diputado local por Cosoleacaque, el Consejo General del ente comicial, debido a los problemas de inseguridad y violencia entre militantes partidistas en la sede distrital, decidió atraer el cómputo y continuar el recuento parcial de los paquetes en Xalapa.
Posteriormente, determinó hacer el recuento total, luego de que al concluir el recuento parcial de 161 paquetes, se obtuvo que la diferencia entre el candidato virtualmente ganador y el segundo lugar, era de menos del uno por ciento que marca la ley para realizar el cómputo total. Es así que recontó los 158 paquetes restantes hasta completar los 319 correspondientes a esa demarcación.
Queda ahora que el magistrado ponente determine si procede abrir los paquetes electorales controvertidos, cuando la totalidad de los mismos ya fueron recontados por el OPLE, esto tomando en cuenta las limitantes expuestas en el último párrafo del artículo 233 del Código Electoral de Veracruz.
“Salvo que se aleguen errores o violaciones a las reglas establecidas en este Código para los recuentos parciales o totales verificados en sede administrativa, no podrá solicitarse al Tribunal Electoral del Estado que realice el recuento de votos respecto de las casillas que hayan sido objeto de dicho procedimiento en los consejos respectivos”, indica ese apartado