El pueblo es el nuevo jefe y vamos a defenderlo: Javier Velázquez
XALAPA, Ver., 21 de diciembre de 2016.- El gobernador Miguel Ángel Yunes Linares anuló el pago de la tenencia vehicular en Veracruz, con lo que se verán beneficiados más de 309 mil 300 dueños de unidades que circulan por toda la entidad veracruzana.
Por decreto oficial se ordenó un subsidio del 100 por ciento a los causantes del impuesto a la tenencia vehicular, de igual manera se exentó el pago a los propietarios de vehículos durante los ejercicios de su mandato, es decir 2017 y 2018 a los contribuyentes que han sido responsables con el pago de este impuesto una vez que en los últimos cuatro años se observó que la recaudación por este rubro ha tenido un incremento de 48.4 por ciento.
El gobernador recordó que en los decretos expedidos en los ejercicios fiscales 2011 a 2014 se autorizó al Ejecutivo del Estado subsidiar sólo a las personas físicas el Impuesto Estatal Sobre Tenencia o Uso de Vehículos en el Estado, en los cuales se consideró que, para gozar de este beneficio, no deberían de rebasar cierta cantidad, tomando como base el valor factura de automóviles y de motocicletas, misma que se actualiza anualmente en función de la variación observada en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), para determinar los valores totales de los vehículos que serían objeto de este beneficio.
Además que el decreto expedido para los ejercicios fiscales 2015 y siguientes, por primera ocasión, incluyó a las personas morales en el beneficio del subsidio del 100 por ciento a los causantes del impuesto.
“Con la emisión del presente Decreto se busca facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales de todos aquellos contribuyentes que por las circunstancias económicas por las que atraviesa el Estado no han podido hacerlo. Lo cual ha provocado que aproximadamente el 33 por ciento del padrón sujeto al Impuesto Estatal Sobre Tenencia o Uso de Vehículos presente omisión en el pago de este impuesto, por lo que con esta medida se pretende además de beneficiar a un importante sector de contribuyentes, dar certeza jurídica sobre su patrimonio familiar”.
Por ello, se detalla que durante el ejercicio fiscal de 2016 se logró recaudar por pago de tendencia y derecho vehicular más de 621 millones de pesos, por lo que consideró como un incentivo exentar el pago durante los próximos dos años a los causantes que han sido cumplidos con sus obligaciones.
Mediante la Gaceta Oficial del Estado, en su número extraordinario 506 de este martes, el mandatario decretó la exención de dichos impuestos, por lo que aquellos empresarios que tengan que pagar impuestos por tenencia vehicular y los mismos propietarios de automóviles gozarán de estos privilegios.
En el documento, Yunes Linares relata que el Plan Veracruzano de Desarrollo 2016-2018, en el apartado denominado “Política Fiscal. Manejo Impositivo y Estrategias para la Consecución de Recursos Financieros”, señala que los ingresos tributarios deben ser la principal fuente de recursos para evitar o limitar a niveles manejables el déficit fiscal, por encima de cualquier otra fuente de financiamiento.
Que los vehículos registrados en el Padrón Vehicular del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave mantienen una diferencia con los vehículos que de manera continua transitan en el territorio del Estado porque sus propietarios tenedores o usuarios prefieren darlos de alta en otras entidades federativas, aun cuando estas prácticas terminen siendo más costosas y dañinas para el patrimonio familiar.
Para que los usuarios puedan acceder a este beneficio se requiere que al momento el vehículo se encuentre dado de alta en el Registro Estatal de Contribuyentes. Que el propietario del vehículo realice oportunamente en el ejercicio respectivo, el pago de los derechos de control vehicular a su cargo, en términos de lo señalado por las leyes de la materia, que el propietario se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales estatales al momento de recibir el beneficio, en relación al vehículo en cuestión; el propietario del vehículo cuente con los valores de tránsito vigentes y actualizados al momento de aplicar el beneficio.
Con estas medidas se busca beneficiar a propietarios, tenedores y usuarios de 309 mil 300 unidades vehiculares del sector empresarial, así como de particulares, en donde se considera necesario implementar acciones que permitan redistribuir la carga tributaria tomando en cuenta los criterios de equidad y proporcionalidad que coadyuven en el fortalecimiento de las finanzas públicas del Estado.
Derivado del análisis de las cifras de recaudación observadas durante los ejercicios fiscales 2012 a 2016 referente al rubro de Derechos de Control Vehicular se observó que la recaudación por este rubro ha tenido un incremento de 48.4 por ciento de 2012 a 2016, por lo que se considera importante otorgar un incentivo a este sector de contribuyentes sujetos a contribuciones vehiculares que han cumplido con el pago de sus obligaciones fiscales.
“Se condona al 100% el Impuesto Estatal Sobre Tenencia o Uso de Vehículos a las personas físicas y morales propietarias de vehículos nacionales o de procedencia extranjera, inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes en materia vehicular del Servicio Privado y Servicio Público, que tengan adeudos por omisión de esta obligación fiscal estatal, causados en los ejercicios fiscales 2012 a 2015”, se explica en el documento.
Los requisitos son que se debe realizar el trámite dentro del plazo del 1 de enero hasta el 30 de abril de 2017, a través de la Oficina Virtual de Hacienda o por los demás medios que para tal efecto autorice la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) y regularice su situación fiscal, pagando los derechos de registro y control vehicular omitidos, así como las demás contribuciones que se hayan causado hasta la fecha, utilizando los medios que para tales efectos establezca la dependencia.
La condonación prevista no será aplicable tratándose de créditos fiscales determinados, así como para los que se encuentren controvertidos ante Autoridades Administrativas o Jurisdiccionales, por lo que en caso de que el contribuyente decida adherirse a este beneficio deberá desistirse previamente del medio de defensa que hubiese promovido; este último caso deberá acreditar dicha circunstancia ante la autoridad fiscal, exhibiendo para tal efecto copia certificada del acuerdo respectivo.
Aclara que no procederá la condonación en el caso de créditos fiscales que se están pagando a plazos ya sea diferidos o en parcialidades; para efecto de pago de los montos no condonados no se aceptará dación en pago, compensación o acreditamiento.
La solicitud de condonación no constituirá instancia y las resoluciones que dicte la autoridad fiscal al respecto no podrán ser impugnadas. Los beneficios otorgados en el presente Decreto no darán lugar a devolución alguna.
En la Gaceta Oficial del Estado se explica que se condona en un 60 por ciento el Impuesto Sobre Adquisición de Vehículos Automotores Usados (ISAVAU), para toda aquella persona física o moral que tramite un cambio de propietario dentro del periodo de vigencia del presente Decreto, siempre y cuando el endoso proceda de los ejercicios fiscales 2014 y subsecuentes.
Se condona el 100 por ciento de las actualizaciones, recargos y multas de personas físicas o morales inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes que tengan adeudos por omisión del Impuesto Estatal Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, así como los Derechos de Control Vehicular previstos en el artículo 16 Apartados B fracción II y C fracción II, del Código de Derechos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que se hayan generado hasta el 31 de diciembre de 2016, siempre y cuando los contribuyentes regularicen su situación fiscal dentro del plazo de vigencia del presente Decreto.
Para finalizar, añade que los contribuyentes que se encuentren al corriente al momento de la entrada en vigor del presente decreto y que enteren los derechos de control vehicular dentro de los primeros dos meses del año, gozarán de un beneficio del 5 por ciento de disminución durante este periodo.