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XALAPA, Ver., 13 de abril de 2018.- El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvió el juicio ciudadano 35 en contra de la elección de agente municipal de la congregación de San Pedro Buena Vista, del municipio de Atzalan, efectuada el 19 de marzo del año en curso.
La ponencia propone declarar la nulidad de la elección y ordenar se expida nueva convocatoria y se lleve a cabo elección extraordinaria, por acreditarse irregularidades en el desarrolló del método de consulta ciudadana.
Al analizar el proyecto, se determinó que le asiste la razón al actor, ya que la comisión que representaba a la Junta Municipal Electoral, encargada de llevar a cabo la elección, omitió levantar la lista de asistencia con el nombre, número de folio de la credencial para votar y la fórmula de candidatos por la que votarían los ciudadanos.
Al analizar esto, el pleno llegó a la conclusión de que no se tiene certeza de que las personas que acudieron el día de la votación fueran ciudadanos de las localidades, que tenían derecho a elegir al agente municipal del lugar señalado.
Asimismo tampoco se pudo tener certeza de la forma en que se hizo el conteo o sumatoria de los votos obtenidos por cada candidato, para estar en aptitud de determinar qué fórmula fue la que obtuvo la mayoría de votos y establecer la ganadora.
Por ello, se determinó que incumplieron con puntos de la convocaría, cuando era su deber vigilar que la votación se efectuara con apego a las reglas establecidas en la mencionada.
En consecuencia, lo procedente es declarar la nulidad de la elección y ordenar se expida nueva convocatoria y se lleve a cabo elección extraordinaria en la Congregación de San Pedro Buena Vista.