Marko Cortés evidenció que posiciones del PAN se las reparte la cúpula
XALAPA, Ver., 8 de abril de 2016.- Al carecer de elementos probatorios, el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEEV) determinó declarar infundados los reclamados presentados por PAN, PRD, Morena y el ciudadano Eduardo de la Torre Jaramillo a través de un juicio de protección para los derechos político-electorales, en contra del acuerdo del Organismo Público Local Electoral (OPLE) emitido el 10 de marzo de 2016, en el que se designó a Héctor Alfredo Roa Morales como secretario ejecutivo de ese organismo.
Para los magistrados del TEEV, Javier Hernández Hernández, José oliveros Ruiz y Roberto Eduardo Sigala Aguilar, desecharon los agravios presentados por las instituciones que señalan que Roa Morales no cuenta con lineamientos emitidos por el INE para poder ostentar el cargo, principalmente la falta de buena reputación y de honorabilidad.
Además, de acuerdo con los inconformes, no tiene conocimientos en materia electoral. Por su parte, los magistrados en este punto detallaron que en el conocimiento electoral obtuvo la calificación de 8.7 con 78 aciertos, por lo que contrario a lo que afirman los partidos, Roa Morales si aprobó el examen de mérito de concurso para ostentar el cargo de secretario ejecutivo.
También refirieron que en 2010 fue amonestado públicamente por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; sin embargo, su conducta no fue catalogada como grave y no ponía en riesgo el proceso electoral, cuando tenía este cargo en el IEV.
La ponencia sostiene que la amonestación pública no afecta el honor público porque se le conminó a que no tuviera esa conducta, por lo tanto se le considera idóneo para ocupar el cargo.
Respecto de las notas publicadas en 2012, la ponencia considera que en ellas no se acredita un mal desempeño sólo que presentó su renuncia ante el consejo general del Instituto.