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XALAPA, Ver., 9 de noviembre de 2015.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales 27 artículos del Código Electoral de Veracruz, de proyecto del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Aún quedan por discutir 9 de ellos por lo que reanudarán sesión este martes a las 11 horas.
De los 425 artículos que conforman el Código Electoral de Veracruz, se propuso la invalidez de 62, hasta este lunes se han discutido 53, de los cuales la SCJN desechó 27 por considerarlos inconstitucionales.
Los ministros declararon la invalidez de los artículos que establecían que la designación y remoción del Secretario Ejecutivo del Organismo Público Local Electoral (OPLE) estaría a cargo del Congreso local, lo cual consideraron un exceso de facultades toda vez que la reforma electoral eliminó cualquier intervención de los poderes públicos locales en la designación de organismos electorales.
De igual manera se echó abajo el artículo que permitía al Secretario Ejecutivo nombrar los enlaces administrativos de los Consejos Distritales.
Otro de los artículos que la Corte declaró inconstitucionales fue el que facultaba al Congreso del Estado sobre los requisitos que debe reunir los magistrados del Tribunal Electoral Local “toda vez que el Senado de la República es el encargado para designarlos”.
También se declaró inconstitucional en que los magistrados y el personal que labora en el tribunal electoral local seguirán perteneciendo al poder judicial del Estado al igual que los muebles e inmuebles ya que de acuerdo a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales señala que los órganos jurisdiccionales en materia electoral no deben estar adscritos a los poderes judiciales de las entidades federativas.