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MÉXICO, DF, 30 de mayo de 2015.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló la resolución presentada por el Instituto Nacional Electoral (INE) en la cual determina interrumpir la transmisión de spots del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
De acuerdo con los magistrados, el fallo a favor del partido se debe a que dicha fuerza política fue sancionada por omisión del Consejo General del INE, dado que existen pruebas de que sí tuvo la intención de cumplir con las medidas cautelares para el retiro más de 450 espectaculares y demás propaganda fija.
«La reincidencia alegada por los partidos de la Revolución Democrática y Morena no se tiene por acreditada, en tanto que en el momento de la comisión de la falta que se analiza no existía una sentencia definitiva y firme previa que hubiera determinado la misma falta como ilegal».
Asimismo se propuso revocar dicha resolución porque “la responsable no tomó en consideración que en 17 testimonios notariales del Partido Verde se denota un principio de ejecución a efecto de demostrar los actos tendentes al cumplimiento de la orden de retiro de propaganda”.
Con información de El Universal.