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MÉXICO, DF, 2 de julio de 2015.- La Secretaría de Gobernación (Segob) anunció la reforma de los párrafos cuarto y sexto del artículo 18 y el inciso “c” de la fracción 21 del artículo 73 de la Constitución Política de México en materia de justicia para adolescentes.
En Diario Oficial de la Federación (DOF) informa que la reforma del artículo 18 señala que la federación y los estados establecerán, en el ámbito de sus competencias, un sistema integral de justicia para los adolescentes, que será aplicable a quienes se atribuya la comisión o participación en un hecho que la ley estipule como delito y tengan entre 12 años cumplidos y menos de 18.
Dicho sistema garantizará los derechos humanos que reconoce la Constitución para toda persona, así como aquellos derechos específicos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos a los adolescentes.
Explica que las personas menores de 12 años a quienes se atribuya que han cometido o participado en un hecho que la ley señale como delito, sólo podrán ser sujetos de asistencia social; además, las formas alternativas de justicia deberán observarse en la aplicación de este sistema, siempre que resulte procedente.
Se subraya que el proceso en materia de justicia para adolescentes será acusatorio y oral, y se observará la garantía del debido proceso legal, así como la independencia de las autoridades que efectúen la remisión y las que impongan las medidas.
Estas deberán ser proporcionales al hecho realizado y tendrán como fin la reinserción y la reintegración social y familiar del adolescente, así como el pleno desarrollo de su persona y capacidades.
Menciona que el internamiento se utilizará sólo como medida extrema y por el tiempo más breve que proceda, y podrá aplicarse sólo a los adolescentes mayores de 14 años de edad, por la comisión o participación en un hecho que la ley señale como delito.
La reforma al artículo 73 indica que el Congreso tiene facultad de expedir la legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias, de ejecución de penas y de justicia penal para adolescentes, que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común.