Garantizada, pensión a personas con discapacidad permanente
XALAPA, Ver., 8 de agosto de 2015.- La reciente aprobación de reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial, que reduce los montos de las pensiones complementarias y el haber de retiro, fue improvisada, mal encausada y ha causado inconformidad entre los magistrados, aseguró Concepción Flores Saviaga, del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE).
“La reforma a la referida ley no atendió cuestiones de fondo y sólo se enfocó a tocar el asunto de las pensiones, tal como está ocurriendo a nivel mundial, donde comienzan a presentarse problemas por el crecimiento de la expectativa de vida de la población”.
Dijo desconocer si los magistrados habrán de ampararse, ya que muchos de ellos se verán afectados al disminuir el monto de sus pensiones.
No obstante, aseveró que en lo personal no le afecta, ya que todavía le faltan algunos años de servicio y es catedrática de la Universidad Veracruzana (UV).
Agregó que la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial fue improvisada y estuvo más encaminada a disminuir los montos de las pensiones y del haber de retiro a favor de los magistrados, que en atender otros puntos importantes.
Cabe recordar que la reforma aprobada por el Congreso del Estado establece que al fallecimiento del magistrado con más de 20 años de servicio en activo, jubilado o incapacitado y con derecho a la pensión complementaria, se otorgará la pensión complementaria por 10 años a la cónyuge, concubina o concubinario, supérstite, siempre y cuando no contrajera matrimonio, tuviere relación de concubinato, o dependiere económicamente de otra persona.
El primer año, la pensionada recibirá 70 por ciento de las percepciones del magistrado fallecido; el segundo año, 60 por ciento; el tercer año, 50 y del cuarto al décimo año, el 40 por ciento.
Para el caso de magistrados con derecho al haber de retiro y con más de 10 años de servicio, su beneficiario recibirá 100 por ciento de las percepciones del magistrado fallecido; el segundo año, 80 por ciento; el tercer año, 60, y del cuarto al décimo año, el 50 por ciento.