
David Colmenares Páramo/Políticas públicas para el desarrollo
Verificentros: Actualizarse o morir
El Poder Judicial de la Federación se pronunció ya en el conflicto que enfrentan los propietarios de concesiones para la operación de Centros de Verificación Vehicular y las autoridades estatales de Veracruz.
El juzgador federal decidió sobreseer el juicio de amparo, por considerar que “son infundados los conceptos de violación”.
Esto es: Les “dieron palo” a los poseedores de concesiones de centros de verificación.
En la sentencia emitida para el juicio de amparo 918/2014, presentado el 27 de agosto de 2014, se establece que, contrario a lo que plantea el quejoso, la modificación a la Ley Estatal de Protección Ambiental “sí se encuentra fundada y motivada”.
Menciona la sentencia que en la exposición de motivos para reformar la Ley de Protección Ambiental, se destaca que el derecho a un medio ambiente sano está reconocido en el Protocolo adicional de la Convención Americana de los Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales.
La reforma a la Ley Estatal de Protección Ambiental respecto a los parámetros que debe cubrir cada vehículo que circula en la entidad para garantizar que no se exceda en la emisión de contaminantes, tiene su origen en la modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-041-Semarnat-2006, que en su versión original establecía dos tipos de métodos de prueba: el método dinámico, aplicable en la Zona Metropolitana del Valle de México, y el método estático, de aplicación en el resto del país.
La modificación a esta norma, que entró en vigor en febrero del 2014, considera la aplicación del método dinámico a nivel nacional.
Con base en lo que disponía la versión original de dicha norma, en el estado de Veracruz se estableció que los vehículos debían estar sujetos al método estático de verificación, y para ello se otorgaron más de 200 concesiones hasta por 50 años, para que particulares realizaran esa tarea.
Sin embargo, en la actualidad –a partir de la modificación a la Norma Oficial- ese método de verificación ya no es admisible a nivel nacional. Si en Veracruz mantuvieran la verificación estática, los vehículos con engomados emitidos en esta entidad no podrían circular en el Valle de México o, incluso, en las carreteras federales, donde rigen los criterios actualizados de la Norma Oficial.
Así, pues, era necesario reformar el marco jurídico estatal para adecuarlo a los criterios federales.
Las más de 200 concesiones para operar Centros de Verificación Vehicular mediante el método estático no se cancelaron, pues dicho método sigue siendo aplicable para casos específicos. La norma actualizada permite que se utilice cuando los vehículos sean definidos por su fabricante como “inoperables” en el dinamómetro (esto es, esencialmente los llamados “cuatro por cuatro”) o aquellos cuyo peso rebase la capacidad del dinamómetro.
Sin embargo, para el resto del parque vehicular, se acordó la emisión de nuevas concesiones para la operación de centros de verificación tanto estática como dinámica, a los que se denominó “Verificentros”.
Según la Ley Estatal de Protección Ambiental, dichas concesiones deben ser concursadas y asignadas para zonas específicas de la entidad, definidas a partir del monitoreo de contaminación ambiental y de la mayor concentración de fuentes móviles de contaminación.
El Poder Judicial de la Federación establece en su sentencia que con la reforma a la Ley de Protección Ambiental tampoco se están afectando los derechos de los actuales concesionarios ante una eventual aplicación retroactiva de la ley, pues “no se está en presencia de un derecho adquirido”.
Tampoco existe desplazamiento, ni procede que se les considere “preferentes” sobre cualquier otro particular, al momento de asignar las nuevas concesiones.
El juez concluye que no se vulneran las garantías de legalidad y seguridad jurídica de los quejosos, considerando que los actos reclamados fueron expedidos en uso de las atribuciones que corresponden a las autoridades en materia de prevención de la contaminación del aire.
Hoy lo que les toca a los poseedores de concesiones para la verificación de vehículos mediante el método estático, es actualizarse y competir para ganarse el derecho de explotar una de las nuevas concesiones para Verificentros.
Dicen, los que de esto saben, que también se ha exagerado en los costos de los equipos para la aplicación de la prueba dinámica. Hay varias opciones, de empresas y marcas distintas, reconocidas por la Norma Oficial, y los precios varían entre ellas. Sin embargo, en promedio, un equipo de verificación vehicular del método dinámico debe andar entre los dos y tres millones de pesos, cifra que seguramente se amortizará cuando los propietarios de los vehículos entiendan que sin ese engomado prácticamente no podrán salir de su casa.
Las nuevas exigencias para la reducción de contaminantes obedecen a una circunstancia dramática: Seguimos envenenando el aire que respiramos.
Es momento de tomar medidas drásticas, contundentes, para evitar que este problema se salga de control.