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México, DF, 17 de junio de 2015.- Este martes, el Diario Oficial de la Federación (DOF) dio a conocer el acuerdo que establece las reglas del Programa de Promoción en la Función por Incentivos en Educación Básica, que sustituye al de Carrera Magisterial, y que fue publicado en el portal de la Secretaría de Educación Pública (SEP) , el pasado 31 de mayo.
Notimex informa que en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la dependencia señala que con esta estrategia el estado ratifica su rectoría en esa materia, pues tiene entre sus objetivos transformar la Educación Básica y Media Superior públicas con un mejor desempeño de los docentes y contribuir a que los alumnos obtengan los máximos niveles de aprendizaje.
Además, este cambio se fundamenta en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, General de Educación y General del Servicio Profesional Docente.
El acuerdo precisa el marco legal, los procesos de evaluación, los principios rectores, los incentivos, sus objetivos y la distribución de competencias de este programa, entre otros rubros.
Explica que el personal con funciones docentes, técnico docentes, de dirección, supervisión y asesoría técnica pedagógica que obtenga resultados destacados en la evaluación del desempeño, así como sobresalientes en la evaluación adicional será acreedor de incentivos económicos, que serán mayores si el trabajador labora en planteles ubicados en zonas de alta pobreza y alejadas de las zonas urbanas.
Entro los aspectos fundamentales del programa destaca que los procesos de evaluación, que aseguran que sólo quienes destaquen en su desempeño y obtengan resultados sobresalientes en la evaluación adicional que determine el INEE, podrán acceder al primer nivel del incentivo, confirmar o ascender a los siguientes.
También establece el monto del incentivo que recibirán de aprobar las evaluaciones, como sus niveles y porcentajes para cada uno de los distintos niveles; este proceso abarcará toda la vida laboral de los participantes.
Otro aspecto importante se refiere a las opciones claras de desarrollo profesional, que impulsarán las fortalezas del personal indispensables para la mejora de la práctica educativa.
Aclara que la promoción del personal no implicará un cambio de función y podrá ser permanente o temporal con posibilidad de hacerse permanente, según se establezca en los programas correspondientes.
La oferta de formación continua deberá favorecer el mejoramiento de la calidad de la educación, ser gratuita, diversa y de calidad en función de las necesidades de desarrollo del personal, y ser pertinente con las necesidades de la Escuela y de la zona escolar.
También deberá tomar en cuenta las evaluaciones internas de las escuelas en la región de que se trate, y atender los resultados de las evaluaciones externas aplicadas por autoridades educativas, organismos descentralizados y el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE).
La participación en ese programa será voluntaria e individual, al tiempo que el personal elegirá los programas o cursos de formación, en función de sus necesidades y de los resultados en los distintos procesos de evaluación en que participe.
Cabe subrayar que la SEP, a través de la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente, es la instancia responsable de emitir las reglas para la operación y supervisión de la Promoción en la Función por Incentivos en la Educación Básica que imparta el Estado.