![](https://veracruz.quadratin.com.mx/www/wp-content/uploads/2025/02/Entran-impunemente-miles-de-armas-por-vacios-legales-Juan-Carlos-Loera-quadratin-foto-ernestoZaval3-107x70.jpg)
Entran impunemente miles de armas por vacíos legales: Juan Carlos Loera
MEXICO, DF., 26 de enero de 2015.- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó a través del Diario Oficial de la Federación el título de concesión que otorga el Gobierno Federal a favor del Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, S. A. de C.V., empresa de participación estatal mayoritaria, para construir, administrar, operar y explotar el nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A de C.V.
El documento queda inscrito en el Registro Aeronáutico Mexicano bajo el número 08 de la sección de Aeródromos Civiles en el folio de Concesiones y permisos el pasado 23 de octubre de 2014.
Se destaca que conforme al proyecto presentado y una vez aprobado el Programa Maestro de Desarrollo, el aeródromo civil se clasificará como Aeropuerto, con clave de referencia de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) «4F», Cuerpo de Rescate y Extinción de Incendios (CREI) Categoría «9».
Por su parte, mientras la concesión sea vigente, Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México podrá celebrar con terceros diversos actos jurídicos, entre ellas otorgar el uso y dar en arrendamiento superficies incluidas en la infraestructura aeroportuaria y otorgar derechos de uso o de paso sobre las mismas, a efecto de prestar, por sí o por conducto de terceros, los servicios aeroportuarios y complementarios que así lo requieran.
Así como dar en arrendamiento u otorgar el uso o derecho de paso a terceros sobre las áreas destinadas a la prestación de los servicios comerciales y complementarios, de acuerdo a la descripción que de las áreas comerciales se realice en el Programa Maestro de Desarrollo.
La concesión, aclara, sólo otorga el derecho a realizar usos, aprovechamientos y explotaciones de acuerdo con las condiciones del título de Concesión. En ningún caso, ni la Concesionaria ni los terceros adquirirán derechos reales sobre los Bienes concesionados.
En cuanto a los servicios, la Concesionaria, por sí misma o por conducto de terceros, prestará los servicios aeroportuarios, complementarios y comerciales de manera permanente, uniforme, regular y no discriminatoria, a todos los usuarios del Aeropuerto, incluidos los concesionarios y permisionarios del servicio de transporte aéreo nacional, no regular nacional, privado comercial y privado no comercial que así lo requieran.
Nota completa en Quadratín México