Raymundo Jiménez/Al pie de la letra
¡Por fin! llegó el Simulador
A finales de marzo, un lector me comentaba sobre una columna de opinión que escribí sobre el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF). Manuel me contaba que ya había hecho la captura de sus ingresos y sus gastos en la aplicación Mis Cuentas del portal del SAT. Sin embargo, su preocupación era porque en ningún lado veía el apartado para hacer el cálculo del primer bimestre. Cierto es que uno de los beneficios del RIF es que el primer año no se pagaba impuesto, pero ¿dónde se hace el cálculo en caso de pagarlo?
Y enfatizaba: “Supongo que como contribuyente es importante saber este dato”.
Desde luego que es muy importante, pues es lo que realmente le importa al contribuyente es saber “¡cuánto voy a pagar!”
Por fortuna, después de una larga espera y casi a mitad de año, el SAT ha puesto a disposición de cada contribuyente de RIF, un simulador en el que al capturar sus ingresos y gastos le calcula automáticamente el impuesto.
Para accesar al simulador de declaraciones bimestrales es necesario que entre al portal www.sat.gob.mx, para posteriormente dar click en la aplicación Mis Cuentas, y a su vez en el apartado de “Mis Declaraciones”, Simulador Pago RIF.
Es importante que antes de accesar, tenga usted a la mano la suma de sus ingresos y gastos por bimestre (enero-febrero, marzo-abril) para que los pueda capturar, ya que la captura es por separado.
Al entrar, tendrá usted que poner su RFC, y seleccionar el bimestre que vaya a declarar.
Posteriormente le preguntan si vende bienes o presta servicios que causen Impuesto al Valor Agregado (IVA) y le dan las opciones de IVA al 16 por ciento, Mixto (con tasa 16 por ciento y tasa 0), así como la opción No causan.
También le preguntan si tiene empleados. ¡Ojo!, si usted marca el cuadro, recuerde que también está usted obligado a pagar al estado el Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal comúnmente conocido como el 2 por ciento a la nómina, así como demás prestaciones sociales.
A continuación, le preguntan y le piden marcar el cuadro correspondiente si vende alguno de los siguientes productos: botanas, confitería, chocolate y otros derivados del cacao, flanes y pudines, dulces de frutas y hortalizas, cremas de cacahuate y avellanas, dulces de leche, alimentos preparados a base de cereales, helados, nieves y paletas de hielo, así como plaguicidas, esto con la finalidad de que usted pague el correspondiente Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS)
Si usted no marcó algunas de las preguntas relativas al IVA o al IEPS, solo le desplegará el apartado de ingresos; allí tendrá usted que señalar los ingresos que cobró en el bimestre correspondiente así como las compras y gastos efectuados en el mismo periodo. Al registrar sus egresos, el portal le hace hincapié que sólo incluya los que tienen factura.
Al llenar estos apartados, tiene usted que darle Calcular para obtener la utilidad, es decir la diferencia entre los ingresos obtenidos y los gastos realizados.
Acto seguido, el sistema le calcula el ISR determinado, de acuerdo a los datos que usted ingresó pero le hace la reducción del 100 por ciento, dando como resultado cero a pagar, para efectos de ISR.
Lo chistoso del asunto es la frase siguiente: “Estoy de acuerdo y acepto el importe de ISR a pagar” ¿y si no estoy de acuerdo? pues en este caso, de todas maneras hay que marcarlo para poder presentar la declaración bimestral, de lo contrario, no permite hacer la presentación.
¡No cabe duda que esperar tanto, también tiene su chiste!
Email: [email protected]