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CIUDAD DE MÉXICO, 21 de abril de 2016.- Este jueves el Senado de la República aprobó la Ley Nacional de Ejecución Penal, a través de la cual las personas que hayan sido sentenciadas por delitos denominados “robos de hambre”, así como las mujeres que hayan sido sentenciadas por posesión de marihuana, podrán obtener su libertad de inmediato.
La ley obliga a estados, municipios y federación a que a las mujeres privadas de su libertad se encuentren en espacios que reúnan las condiciones para su reclusión.
Asimismo, se crea un apartado especial para los hijos de las mujeres en prisión, se establecen obligaciones y prohibiciones a las que estarán sujetos los reos, y se obliga a contar con el servicio de defensoría pública.
De esta forma, la prisión sólo será considerada para reincidentes, delitos graves, delincuencia organizada o cuando otras medidas no aseguren la adecuada construcción del proceso penal.