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XALAPA, Ver., 29 de junio de 2015.- El nuevo Reglamento de Tránsito para Veracruz garantiza los derechos a la libre circulación, manifestación y uso de la vía pública, siempre que no se ponga en riesgo la integridad de las personas.
En un comparativo realizado entre las tarifas de multas por infracciones en diferentes entidades, las del estado veracruzano se encuentran por debajo de la media nacional en la mayoría de los casos.
En el documento, publicado en días pasados, se establecen los nuevos parámetros de sancionas actualizadas a la economía actual; además, se contemplan lineamientos para garantizar la convivencia entre conductores y peatones en la vía pública.
Las infracciones, contrario a lo que se ha señalado, no son excesivas y sólo se aplican a las personas que infrinjan las normas de convivencia establecidas en ese texto.
Muchas de estas tarifas comparadas con las de entidades como Puebla, Nuevo León y Yucatán, muestran que muchos de los rubros se encuentran dentro de los parámetros contemplados por distintas autoridades en la materia.
Un ejemplo de esto son las multas aplicadas por utilizar el teléfono celular al conducir un vehículo, que en Veracruz es sancionado de 41 a 61 salarios mínimos, mientras que en Nuevo León es de entre 50 y 200.
Además, por conducir en estado de ebriedad, en Veracruz se castiga con 65 a 80 salarios mínimos; en Puebla la multa es de entre 50 y 100 salarios, y en Nuevo León va de los 50 a los 200.
Entre las multas más frecuentes se encuentran: estacionarse en lugar prohibido, que en la entidad se aplica por entre 15 y 20 salarios, pero en Yucatán llega a ser de 13 a 20. Con respecto a estacionarse sobre el paso peatonal o en un paso para personas discapacitadas, la multa en Veracruz es de 30 a 40 días de salario mínimo, en tanto que en Nuevo León es de 30 a 50.
Estas sanciones se pueden conocer en la página www.veracruz.gob.mx/reglamentodetransito. Para detalles, consultar en la plataforma de la red social Youtube, en la dirección http://youtu.be/HnDbQjZvV_o, donde se encuentra un video relativo emitido por la Dirección General de Tránsito y Seguridad Vial del Estado.
En el video se desmitifica el nuevo Reglamento, pues se explican algunos de los puntos que en días pasados han generado polémica, como el uso de las banquetas y la vía pública para manifestaciones.
Del mismo modo, se explica que en ningún momento se prohíbe el acceso a derechos como la libre manifestación de las ideas, pues, al contrario de lo que se ha señalado en el texto, se garantiza la seguridad de las personas que deciden protestar en la vía pública; tampoco se impide la venta o los actos de malabarismo en las calles, siempre que no se ponga en peligro la vida de las personas.
Se especifica la aplicación de mecanismos modernos de medición de la velocidad, a través de la fotomulta, y la utilización de los radares para la aplicación de sancionas a quienes excedan los límites establecidos por la autoridad.
En todo momento se señala que para el uso de la vía pública el peatón es primero, por lo que las personas pueden usar la banqueta sin temor a ser infraccionados de alguna manera.