Revoca TEV diputación plurinominal a Elizabeth Morales
XALAPA, Ver., 16 de abril de 2015.- Con la nueva ley, los consejos local y distritales del Instituto Nacional Electoral (INE) no tienen atribuciones para sancionar campañas negras, y sólo pueden dictar medidas cautelares cuando haya pintas, mantas u otro tipo de propaganda indebida o en equipamiento urbano.
Así lo aseguró la consejera de la Junta Local del INE en el estado, Daniela Griego Ceballos, al explicar que sólo los consejos distritales pueden dictar medidas cautelares o precautorias para suspender las campañas indebidas, pero “ya no sanciona”, porque ahora el INE funciona como oficialía de partes, así que integra el expediente y lo turna a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder.
A partir de las reformas, el Tribunal Electoral es la instancia que entra al estudio de la queja y sanciona. Se trata, explicó, de un procedimiento que puede iniciar un ciudadano, un partido político o un candidato contra un partido, un servidor público o ministro de culto, pero tiene que haber una queja de por medio.
Sin embargo, “si se trata de un delito electoral tiene que ir a la Fepade, a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales, al ministerio público federal en materia electoral”.
Sobre la publicidad en contra del candidato a diputado federal por el distrito de Xalapa Rural, Adolfo Mota Hernández, dijo que “el afectado tendría que presentar una queja contra quien resulte responsable ante el INE, y ya el INE determinará si procede o no procede, o si turna el expediente al Tribunal Electoral”.
Griego Ceballos recordó que el anterior sistema permitía impartir justicia electoral de manera expedita e imponer sanciones en lo inmediato.