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XALAPA, Ver., 18 de mayo de 2016.- Por unanimidad, los magistrados de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmaron la improcedencia de los registros de Rosinela Santopietro Espinosa como candidata independiente por el Distrito 30, Coatzacoalcos 2; y de Diego Alberto Santamaría Leyva, como aspirante independiente al Distrito 15 Veracruz 2.
Al resolver los juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, presentados por ambos quejosos, confirmaron la sentencia de fecha de 3 de mayo, del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), que validó el acuerdo del Organismo Público Local Electoral (OPLE) del 17 de abril, que negó la nominación de los actores por no cumplir con el requisito del apoyo ciudadano.
Santopietro Espinosa debía reunir 5 mil 417 firmas que conforman el tres por ciento del padrón distrital de la demarcación por la que deseaba contender en la elección de diputados locales del próximo 5 de junio, pero apenas consiguió 2 mil 440 apoyos válidos. En cuanto a Santamaría Leyva, consiguió 4 mil 423 apoyos válidos de las 6 mil 586 firmas que debía reunir.
Por ello, los integrantes de la Sala Regional declararon como improcedentes e infundados los agravios y en consecuencia confirmaron la resolución del TEV que validó el acuerdo A102/OPLE/VER/CG/16-04-16 del Consejo General del OPLE.