Supervisa Unánue obra de pavimentación en La Tampiquera
MÉXICO, DF., 16 de diciembre de 2014.- El Senado de la República, aprobó con 88 votos a favor, reformas a la Ley de la Propiedad Industrial, para sancionar hasta con 6 años de cárcel a quienes produzcan, almacenen, exporten o vendan sin autorización productos mexicanos protegidos con la Denominación de Origen.
La Ley de la Propiedad Industrial define en su artículo 156 a la Denominación de Origen como el nombre de una región geográfica del país que sirva para designar un producto originario de la misma, y cuya calidad o característica se deban exclusivamente al medio geográfico, comprendido en éste los factores naturales y los humanos.
Entre los productos protegidos están la Vainilla de Papantla y el Café de Veracruz, además de: Tequila, Mezcal, Artesanías de Olinalá, Talavera, el Bacanora, el ámbar de Chiapas, Sotol, Charanda de Michoacán, Mango Ataulfo del Soconusco Chiapas, Café de Chiapas, Chile Habanero de Yucatán, Arroz de Morelos.
De acuerdo con información obtenida de la página del Senado de la República, las modificaciones y adiciones a los artículos 213, 223 y 224 de la Ley de la Propiedad Industrial, permitirán multas de cien a diez mil días de salario mínimo, vigentes en el Distrito Federal; así como dos y hasta seis años de prisión, a quienes de manera ilegal y con fines de lucro, fabriquen, produzcan, comercialicen, transporten, distribuyan o exporten estos productos.