Ruperto Vázquez Ovando/Opinión en línea
“Lo que le pega más a la
población es la pobreza que vive”
Ricardo Ahued Bardauil
Conoce usted los principales puntos de la legislación, que una vez que sea
promulgada por el presidente Enrique Peña Nieto, regirá los comicios federales
y marcará los criterios a los que tendrán que ajustarse las 32 entidades del país,
llamada reforma política.
En este espacio le ofrecemos los más importantes, o los que mayor polémica han
levantado.
Inicio del proceso electoral: La reforma político-electoral promulgada en febrero
pasado adelantó la fecha de las votaciones de julio a junio. No obstante, hasta
esta semana no se había definido si también se adelantaría el inicio formal de
los procesos electorales, que estaba fijado en octubre. Para las elecciones de
2015, el comienzo del proceso electoral se mantendrá en octubre próximo «por
única ocasión», según las leyes avaladas. Sin embargo, de ahí en adelante este
arranque se recorrerá a septiembre del año anterior a unos comicios.
Elección de consejeros locales: La nueva legislación reglamentaria precisa las
facultades del árbitro del país en materia de elecciones, el Instituto Nacional
Electoral (INE). Una de éstas es nombrar a los consejeros electorales de los
institutos electorales de las entidades.
Para ello, el INE tendrá que emitir en cada entidad una convocatoria para los
interesados y deberá formar una comisión especial que evalúe a los aspirantes
que cumplan con los requisitos, (todos los del IEV ya valieron) así como proponer
hasta cinco finalistas por vacante. Para que un aspirante sea seleccionado,
requerirá los votos de al menos ocho de los 11 consejeros del INE.
Remoción de consejeros locales: El INE también tendrá facultades para remover
a los consejeros electorales de las entidades. Podrá hacerlo por siete causas,
como tener «conductas que atenten contra la independencia e imparcialidad
de la función electoral» o «tener notoria negligencia, ineptitud o descuido» en el
desempeño de sus funciones.
Atracción de elecciones locales: Uno de los puntos de las leyes secundarias que
causó más controversia fue en qué casos el INE podrá atraer la organización y
realización de elecciones estatales o municipales, que en circunstancias ordinarias
serán responsabilidad del instituto electoral local correspondiente.
Al final, los legisladores acordaron que el INE pueda analizar si atrae una
contienda a petición de cuatro de sus consejeros o del instituto electoral de la
entidad, siempre y cuando se cumplan alguna de estas dos condiciones: 1)
«que existan diversos factores sociales que afecten la paz pública o pongan a
la sociedad en grave riesgo» o 2) «que no existan condiciones políticas idóneas,
por injerencia o intromisión comprobable de algunos de los poderes públicos en
la entidad federativa». Para concretarse, la atracción de una elección tendrá que
aprobarse por al menos ocho de los 11 consejeros del INE.
Financiamiento: Otro punto acordado es la modificación al financiamiento que
tendrán los partidos. La nueva legislación establece que la principal fuente de
recursos de las fuerzas políticas seguirá siendo el dinero público, administrado por
el INE y calculado con base en los votos que obtenga cada organización.
Sin embargo, también se determinó que los partidos podrán recibir financiamiento
privado en dos modalidades: 1) aportaciones o cuotas de sus militantes y 2)
donaciones de simpatizantes que deja abierta la puerta al lavado de dinero.
Prorrateo: Uno de los temas que causó más polémica después de las elecciones
presidenciales de 2012 fue el prorrateo, es decir, la manera en la que los partidos
distribuyen sus gastos de campaña entre sus distintos candidatos.
Según la oposición, el gobernante Partido Revolucionario Institucional (PRI) usó
ese mecanismo para cargar más erogaciones a las campañas de sus candidatos
a diputados y senadores, y así evitar que el actual presidente, Enrique Peña Nieto,
rebasara el tope establecido. Los priistas niegan haber actuado ilegalmente,
aunque ahora accedieron a fijar reglas más claras en la materia.
Con la nueva legislación, las fuerzas políticas ya no podrán distribuir sus gastos
como mejor les parezca, sino que tendrán que seguir porcentajes preestablecidos.
Por ejemplo, si se reportan las erogaciones de un acto de campaña en el que
participaron un candidato presidencial, uno al Senado y uno a la Cámara de
Diputados, el gasto se repartirá así: 20%, 50% y 30%, respectivamente.
Mesas directivas de casilla: El Congreso también aprobó una reforma para que
cuando se realicen elecciones concurrentes —es decir, federales y locales en una
misma fecha— sólo haya una mesa directiva de casilla, en lugar de dos. Ésta se
integrará por un presidente, dos secretarios, tres escrutadores y tres suplentes.
Según los legisladores, esta medida permitirá reducir los gastos en la organización
de los comicios.
Candidatos comunes: Durante la negociación entre legisladores, otro de los
puntos que causó más tensión fue el de las candidaturas comunes. Los principales
partidos de oposición, Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática
(PRD), buscaron incluir esta figura en la legislación federal —para las contiendas
presidenciales, a senadores y a diputados—, pero el PRI se opuso. Al final, el
PAN y el PRD aceptaron que no se incluyera en ley la posibilidad de que se
postulen candidatos comunes para presidente, aunque lograron que, a nivel local,
cada congreso decida si permite ese tipo de candidaturas en la entidad, lo que
obviamente sucederá si no cómo mantiene su registro el AVE, por ejemplo.
Candidaturas independientes: La nueva legislación establece las reglas para los
candidatos independientes a nivel federal, pendientes desde agosto de 2013. Al
respecto, se determinó que no habrá un límite de candidatos independientes para
las elecciones de presidente, senadores y diputados, y se fijaron los requisitos que
deberán cubrir los aspirantes para obtener el registro.
Quienes busquen competir por la presidencia, tendrán 120 días para conseguir
las firmas de al menos el 1% del electorado nacional (alrededor de 780,000
personas). Quienes quieran una senaduría, tendrán 90 días para conseguir las
firmas de al menos el 2% del electorado de la entidad que corresponda. Y quienes
intenten contender por una diputación, tendrán 60 días para conseguir las firmas
de al menos el 2% del electorado del distrito.
Los aspirantes tendrán que financiar esa obtención de apoyo ciudadano con
sus propios recursos y no podrán gastar más del 10% del tope de campaña de
la contienda previa y tendrán que abrir una cuenta bancaria en la que el INE
pueda monitorear sus ingresos y gastos. Un candidato independiente sólo recibirá
financiamiento público y tiempo en medios hasta que se apruebe su registro.
Representación política: Otro de los puntos que más trabaron las negociaciones
fueron las reglas para calcular el número de diputados que tendrá cada partido en
los congresos locales.
El PAN y el PRD rechazaron la propuesta del PRI, que planteaba que esto se
calculara restando ocho puntos al porcentaje de votación que obtuviera un partido.
Al final, se decidió que cada fuerza política que conserve el registro en la elección
en cuestión tenga al menos una diputación y pueda aspirar a más en el reparto de
curules por la vía plurinominal.
Elección de magistrados locales: La nueva legislación también implica que los
magistrados electorales de los estados sean elegidos por el Senado. Estos
funcionarios integran los tribunales estatales en la materia y se encargan de
revisar las decisiones de los institutos de cada entidad. A propuesta de la
oposición, se acordó que sean elegidos por dos terceras partes de los senadores,
que deberán emitir una convocatoria para los interesados y evaluar los mejores
perfiles.
Nuevas salas del TEPFJ: A nivel federal, las leyes recién aprobadas modifican la
estructura del tribunal en la materia. Las normas señalan que el Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación (TEPFJ) tendrá una Sala Superior, siete
salas regionales —dos más de las que tiene actualmente— y una nueva sala
especializada en resolver las quejas urgentes de los partidos, conocidas como
procedimientos especiales sancionadores. Los fallos de esta última sala podrán
ser impugnados ante la Sala Superior, si una fuerza política queda inconforme con
su sentido.
A grandes rasgos esas son las nuevas reglas.
REFLEXIÓN
Antes de plantear la venta del SAS se debe investigar a José Ruiz Carmona
“Pepín”, autor del saqueo más cínico y devastador a esa institución.
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