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XALAPA, Ver., 6 de mayo de 2015.- El amparo interpuesto por el alcalde con licencia de Fortín de las Flores, Armel Cid de León Díaz, continúa imposibilitando temporalmente a la Fiscalía General del Estado que se aplique la ley, ante las responsabilidades que se le imputan por agresiones físicas hacia una mujer.
No obstante, en cuestión de días se estará procediendo conforme a derecho; mientras tanto, el caso está abierto. Se está al pendiente del asunto sin violar los propios mandatos constitucionales aseveró el Fiscal General del Estado, Luís Ángel Bravo Contreras.
“Una vez que se resuelva esa situación de amparo, se continuará con la inercia ordinaria de cualquier tema de esta naturaleza; aquí recordemos que el estatus de esto obedece a que una vez que nosotros enviamos al Congreso de Veracruz la solitud de desafuero, nos fue devuelto por la Secretaría General en razón de que efectivamente el nombre correcto del Distrito es Fortín y no Fortín de las Flores como es la ciudad que gobierna, entonces remiten el expediente para hacer las modificaciones y en ese intervalo de tiempo se hace la promoción, obteniendo el señor Cid de León la suspensión, y al ser obtenida pues nos irrumpe la posibilidad de continuar con los trámites hasta que se resuelva ese amparo”.
En entrevista exclusiva para Quadratín Veracruz explicó que el munícipe alega que no está clara la ley que debe aplicarse, “pues que si los hechos ocurrieron en Huatusco, debe ser la ley del sistema tradicional y si fue en Córdoba, se debe aplicar el Código Nacional de Procedimientos Penales, al estar vigente en su nuevo sistema de justicia, y esa es la materia que está ahí dirimiéndose o por dirimirse en el juicio de garantías que él promovió; eso es todo, pero bueno, una vez concluyendo esto estaremos ya procediendo a la luz de la obligación que q impone al ministerio público de Veracruz”.
En tanto, adelantó que la situación debe estarse resolviendo de un momento a otro, es decir, una vez que sea notificada la sentencia y se informe de la misma se procederá, “es cuestión de días”.
“Por eso repito, el hecho que hace que hasta ahora no pueda actuar la Fiscalía veracruzana es en razón de un amparo en el cual el quejoso, que es alcalde de Fortín, obtuvo una suspensión que ata la posibilidad de hacer las diligencias posteriores a lo que ya todos mundo conoce, hasta entonces no se resuelva ese juicio de garantías; yo estoy a las resultas de ese instrumento Constitucional para que una vez que se me notifique el resultado final yo pueda actuar conforme a derecho a lo que resulte en consecuencia”.
En otro tema, respecto al hallazgo del cuerpo del periodista Armando Saldaña Morales, colaborador de la estación radiofónica “Ke Buena” y la “Crónica de Tierra Blanca” dijo que la Fiscalía General del Estado no tiene injerencia de investigación en los hechos de asesinato.
“En Veracruz no existe investigación judicial en curso con respecto al homicidio del periodista Armando Saldaña Morales; la investigación de este delito se lleva a cabo por las autoridades de Oaxaca; solamente existe un dato duro y único que es que en Acatlán de Pérez Figueroa se localizó un cuerpo sin vida que corresponde a Armando y que todo mundo conoce que prestaba sus servicios de corresponsalía con algunos medios de comunicación que tienen su asiento en Veracruz, pero no es indicativo por el cual la Fiscalía de Veracruz tenga que iniciar una carpeta de averiguaciones”.
Por ello, reiteró Bravo Contreras que la Fiscalía de Oaxaca tiene que investigar y concluir las pesquisas para dar con los responsables del crimen.
“Crimen que lamentamos, no obstante en Veracruz no existe una sola investigación relativa a este hecho porque sencillamente no fue en el territorio estatal donde se cometió el delito, el cuerpo fue hallado en Oaxaca y a ello les competente atender el asunto”.
Finalmente, refirió que de ser solicitado por la Fiscalía de aquél estado el apoyo para el desahogo de las diligencias se actuará de inmediato, aunque enfatizó que cada estado es soberano, “cada estado tiene por decreto Constitucional un margen de competencia; en este caso, la Constitución del Estado de Oaxaca señala que son competentes los tribunales de aquella entidad en los delitos que se cometen en su territorio”.