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XALAPA, Ver., 17 de enero de 2019.- El presidente de la Comisión Instructora del Congreso del Estado, Rubén Ríos Uribe, confirmó que el próximo 23 y 24 de enero se llevará a cabo la audiencia de desahogo de pruebas contra el Fiscal General del Estado por el juicio político y de procedencia en su contra, a donde deberá de asistir de manera personal y no podrá enviar a un representante.
El legislador precisó que la comisión que preside tendrá tres días para elaborar el dictamen y en el supuesto de que sea procedente y aprobado en el pleno, será turnado a la Sala Constitucional y la Comisión Instructora se convertirá en un órgano acusador y el Poder Judicial dictaría una sentencia de carácter inapelable.
“Él está obligado a comparecer de manera personal, obviamente con asesoría de un abogado, y de ahí, de ser procedente, se turna a la sala constitucional y también tiene un plazo constitucional que no pasa de 30 días el término, porque la justicia debe de ser de forma pronta y expedita en ambas partes. Si no viene él, ya está debidamente notificado, se certifica que el procedimiento continúa y se le desecharán las pruebas por desinterés jurídico”.
Asimismo, confirmó que entre ocho y 12 medios de comunicación fueron citados por el titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), Jorge Winckler Ortiz, como medios de prueba, los cuales deberán de aportar información y notas solicitadas por parte del acusado, de no hacerlo, se les podría fincar sanciones que van de los tres a los ocho días de salario mínimo o sanciones más severas por desacato a una orden judicial.
“El Fiscal solicitó informes a algunos medios electrónicos y nosotros tenemos la obligación de desahogar todas las pruebas que ofrecen las partes y como hay términos legales que cumplir, se les notifica a los medios que tienen un término de 48 horas, de lo contrario se les aplicará una multa o en su contrario otro apercibimiento por desacato a una orden judicial”.
Por último, detalló que el juicio político y la investigación que se le sigue a Jorge Winckler es por omisiones o acciones en cumplimento de su deber como Fiscal, por lo que la reforma que se hace para la retroactividad de la ley será a criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y ahí se ventilará también a criterio de la soberanía del pueblo, pues no se trata de un acto entre particulares, sino un acto entre entidades públicas.