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XALAPA, Ver., 4 de marzo de 2018.- Durante abril, las personas físicas pueden presentar su declaración anual correspondiente al impuesto sobre la renta del ejercicio fiscal 2017 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), así lo informó el administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente, Oliver Aguilar Yunes.
Recordó que quienes tienen ingresos a través de la prestación de servicios profesionales, realizan actividades empresariales, por arrendamiento o intereses, así como asalariados con dos o más fuentes de ingreso, son quienes obligatoriamente tienen que presentar su declaración.
De igual manera, Aguilar Yunes mencionó que los asalariados que sólo tengan un patrón no tienen obligación de realizar el trámite, sin embargo si cuentan con deducciones por servicios médicos, colegiaturas, entre otros aspectos que pudieran derivar en un saldo a favor, podrán presentarla en cualquier momento del año.
Agregó que el sistema de devolución de saldos a favor del contribuyente ha sido mejorado, por lo cual ahora los recursos se les hacen llegar de forma más rápida.
Finalmente, dijo que para facilitar el cumplimiento de esta obligación, y gracias a la información proporcionada por la factura electrónica, el SAT pone a disposición de 17 millones de contribuyentes una declaración prellenada y en algunos casos una propuesta de devolución que tienen que revisar, aceptar y enviar.