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XALAPA, Ver., 22 de diciembre de 2017.- Los magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvieron el Procedimiento Especial Sancionador (PES) 157, presentado por el Partido Acción Nacional (PAN), quien denunció que autoridades municipales de Chontla incurrieron en una supuesta violación al principio de imparcialidad en el uso recursos públicos.
Señalan que dichas autoridades entregaron un camino rehabilitado y reconocimientos a participantes del carnaval municipal inauguraron una feria de la salud, un evento del Día del Niño, además de su difusión a través de Facebook para tratar de favorecer a los entonces candidatos del PRI en las elecciones municipales.
Al analizar el asunto, el organismo jurisdiccional determinó que el quejoso no cumplió con la carga probatoria y que si bien los eventos se realizaron, no se acreditó el uso indebido de recursos públicos.
Por lo que a partir de las pruebas se identificó que su difusión se apega a los límites de la propaganda gubernamental y que corresponde a actividades propias de la administración municipal, además el quejoso tiene la obligación de aportar los elementos suficientes y necesarios para causar alguna sanción.
Señalaron, además, que no se presentaron pruebas suficientes para demostrar la supuesta entrega de materiales de construcción a cambio del voto, y en algunos casos se acreditó que el programa social no opera en el municipio en cuestión.
Por ello, el TEV declaró la inexistencia de la violación objeto de la denuncia, y quedó en claro que los servidores públicos tienen la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.