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XALAPA, Ver., 27 de julio de 2017.- Los diputados del Congreso local aprobaron por unanimidad el Dictamen que reforma el Código Electoral de Veracruz y la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, con lo que podrán reelegirse en la representación popular o ser integrados en las listas de representación proporcional.
La iniciativa establece que sólo pedirán licencia durante 30 días, periodo que dura la campaña, y una vez concluido el proceso electoral podrán reincorporarse al trabajo legislativo, aun y cuando hayan ganado la elección.
Además, podrán ser elegidos hasta por cuatro periodos de manera consecutiva, aunque la postulación solamente podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubiere postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato, es decir, antes del 4 de noviembre.
De esta manera se establece que podrán ser sujetos a elección consecutiva los diputados que hayan ejercido el cargo, independientemente de su carácter de propietario o suplente, pero no podrán ser electos para el siguiente periodo en calidad de suplente, quien hubiese sido electo diputado propietario de manera consecutiva por el límite establecido en la Constitución Política del Estado.
Los diputados que pretendan reelegirse deberán separarse del cargo a más tardar el día anterior al inicio de la campaña respectiva. Una vez concluida la jornada electoral, o en su caso, recibida la constancia de mayoría o asignación, según se trate, podrán reincorporarse al mismo.
Para los legisladores que hayan sido electos por la vía independiente, también podrán reelegirse bajo la misma naturaleza y, para ello, deberán cumplir de nueva cuenta con los requisitos establecidos para las candidaturas independientes, con la finalidad de garantizar la equidad de los participantes que se encuentren en la misma situación.
Sin embargo, si un diputado electo como independiente se afilia y demuestra su militancia a un partido político antes de la mitad de su mandato, podrá buscar la reelección por dicho instituto, tanto por el principio de mayoría relativa, como por el de representación proporcional.