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XALAPA, Ver., 4 de mayo de 2016.- Al resolver el juicio para la protección de datos de los derechos político-electorales promovidos por María Magdalena Boussart Cruz y Adriana González Patricio, propietaria y suplente, respectivamente, como aspirantes a candidatas independientes al cargo a diputadas por mayoría relativa, el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) ordenó al Organismo Público Local Electoral (OPLE) les dé su registro.
De acuerdo con lo expuesto por los magistrados, las aspirantes para el Distrito 7 con cabecera en Martínez de la Torre, cumplieron en tiempo y forma con el número de apoyos ciudadanos y pudieron alcanzar el 3 por ciento del respaldo, por lo que ordenaron al OPLE que modifique el acuerdo emitido por ellos y a la comisión de Prerrogativas para que declaren que obtuvieron el 3 por ciento.
Indicaron que éste no es un caso nuevo en el que el OPLE y el área de Prerrogativas cometieran errores respecto a la verificación del apoyo ciudadano entregado por aspirantes que buscaban la candidatura por la vía independiente.
Destacaron que en algunos casos consisten en el hecho de que el OPLE omite muchas veces precisarle a los aspirantes qué ciudadanos son los que no cumplen con los requisitos para que puedan externarle su apoyo.
Por lo que al resultar fundados los agravios estudiados, el TEV determinó innecesario el estudio de los demás, por ser alcanzada la pretensión de las promoventes.
Concluyeron que deberá modificarse el acuerdo hecho por él área de Prerrogativas y partidos políticos, a fin de señalar que las actoras sí contaron con el porcentaje del respaldo ciudadano indispensable.