Matan al sacerdote Marcelo Pérez en San Cristóbal de las Casas, Chiapas
Según la argumentación de la corte, la operación de estas máquinas no implica el uso de habilidades de los participantes, razón por la que no pueden ser considerados juegos de azar, los cuales están prohibidos por la Ley en su artículo primero.
La tarde de este lunes, los integrantes del máximo tribunal del país respaldaron al presidente de la República al resolver una controversia constitucional promovida por el Congreso de la Unión en la que se impugnaban las facultades del secretario de Gobernación para la expedición de permisos así como el control y la vigilancia de los juegos y sorteos.
La Corte también validó la facultad conferida al firector de Juegos y Sorteos de la Secretaría de Gobernación, para autorizar el establecimiento de negocios donde se lleve a cabo este tipo de sorteos, ya que las legislaciones señalan que corresponde a la Administración Pública Federal, a través de la Segob, el control y vigilancia de juegos y sorteos, sin determinar de manera específica que la facultad sea exclusiva del Secretario de Gobernación.