Inauguran techado en telesecundaria de Xalapa
MÉXICO, DF., 14 de julio de 2015.- La función de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) es observar y verificar que en los penales se respeten la dignidad y los derechos fundamentales de la persona, pero no establece las normas bajo las cuales deben regirse los penales y centros de internamiento para personas privadas de su libertad, indicó dicho a través de un comunicado.
Añadió que el respeto a los derechos esenciales en los centros de reclusión está reconocido en la Constitución General y debe basarse, igualmente, en los instrumentos internacionales en la materia, sobre los documentos que han sido firmados por el gobierno federal y ratificados por el Senado de la República.
En cuanto al cumplimiento de la función de observancia del respeto a los derechos fundamentales en los reclusorios, indicó que la CNDH cuenta con el apoyo y colaboración de los integrantes de la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos (FMOPDH), con quienes realiza un trabajo coordinado en cada entidad, en cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 18 constitucional.
Lo antes mencionado se deriva del argumento del secretario de Gobernación (Segob), Miguel Ángel Osorio Chong, de que por cuestión de derechos humanos se dio la fuga de Joaquín Guzmán Loera, “El Chapo”, del penal del Altiplano.
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